ORDEN de 15 de enero de 2020, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se regula el supuesto de suplencia por enfermedad de la Directora de Servicios.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Hacienda y EconomÍA
Rango de LeyOrden

La Disposición Adicional Primera «Régimen de suplencias» del Decreto 168/2017, de 13 de junio, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Economía, establece que «En los casos de vacante, ausencia o enfermedad de las personas titulares de los órganos del Departamento de Hacienda y Economía, las competencias atribuidas a los mismos, en el supuesto de que no hayan sido delegadas antes de producirse tal situación serán ejercidas por aquellas personas que ostenten cargo superior jerárquico inmediato y, en el supuesto de vacante, enfermedad o ausencia de estas, por aquellas con cargo superior jerárquico siguiente, y así sucesivamente, salvo disposición o resolución expresa en contrario».

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del mismo Decreto, la Dirección de Servicios depende directa y jerárquicamente del Consejero o Consejera.

No obstante lo anterior, por razones de eficacia administrativa y a efectos de evitar la paralización de expedientes, se estima conveniente conferir al Director de Presupuestos el ejercicio de las competencias atribuidas a la Directora de Servicios durante la enfermedad de esta última, dentro de los límites establecidos en la legislación vigente.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el citado Decreto 168/2017 y en el artículo 26.4 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre «Ley del Gobierno»,

Primero.– Delegar en el Director de Presupuestos el ejercicio de las competencias de la Directora de Servicios, con...

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