ORDEN de 13 de mayo de 2020, de la Consejera de Seguridad, por la que se aprueba el baremo de méritos común y unitario para la provisión, mediante concurso de méritos, de las vacantes propias de las categorías de Subcomisario de la Escala Ejecutiva de la Ertzaintza.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Seguridad
Rango de LeyOrden

El artículo 65.3 de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco, viene a establecer como regla general el sistema de provisión de concurso de méritos para los puestos de trabajo reservados a la escala ejecutiva, cuando resulten subordinados dentro de la misma unidad a otro puesto de trabajo de la misma escala cuyo sistema de provisión sea libre designación, salvo las excepciones que en el mismo se contemplan. Para la aplicación de tales previsiones, la Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejera de Seguridad (BOPV n.º 4, de 8 de enero), ha venido a concretar los puestos de trabajo de la categoría de subcomisario de la escala ejecutiva, cuyo sistema de provisión pasa a ser de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65.2 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco, el concurso constituye el sistema normal de provisión de puestos de trabajo, sistema en el que se valorarán los méritos establecidos en la correspondiente convocatoria que, en cualquier caso, deberá contener el contenido mínimo que el mencionado precepto establece.

En el mismo sentido y en desarrollo de lo anterior, el reglamento de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos de Policía del País Vasco, aprobado por Decreto 388/1998, de 22 de diciembre, establece en su artículo 9 que en los concursos deberán valorarse los méritos adecuados a las características de los puestos ofrecidos, en la forma que se determine en las respectivas convocatorias, y, en particular, los expresamente relacionados, de acuerdo con los criterios señalados en ese precepto.

Ese Decreto fue posteriormente modificado por el Decreto 42/2001, de 6 de marzo, por el Decreto 20/2004, de 3 de febrero, por el Decreto 231/2009 y por el Decreto 94/2011, de 17 de mayo, siendo este último el que sirve de fundamento a la presente Orden, que viene a aprobar el baremo de méritos aplicable en los concursos de méritos para la provisión definitiva de puestos de trabajo reservados a la categoría de subcomisario de la escala ejecutiva de la Ertzaintza, cuando sea de aplicación este sistema de provisión, atendiendo a la singularidad de la propia categoría respecto de las categorías inferiores, y recogiendo también las reglas de desempate que ya se contemplan en la Ley de la Función Pública y se aplican en el baremo de méritos aprobado por Orden de 15 de marzo de 2019, de la Consejera de Seguridad (BOPV n.º 58, de 25 de marzo).

En consecuencia, y como fase previa a una futura convocatoria de provisión de vacantes de la categoría de subcomisario mediante concurso de méritos, tras el preceptivo análisis y acuerdo en sesión de la Mesa de negociación de la Ertzaintza, celebrada en fecha 3 de marzo de 2020 y 11 de mayo de 2020, oído el Consejo de la Ertzaintza en sesión celebrada el 11 de mayo de 2020 y conforme a la habilitación concedida por la Disposición Adicional Primera del Decreto 388/1998, en la redacción dada por el Decreto 94/2011, y de las competencias conferidas por el Decreto 83/2017, de 11 de abril, modificado por Decreto 60/2019, de 2 de abril, por el...

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