ORDEN de 11 de abril de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se aprueba la adscripción de Goimailako Online Institutua (Goi.eus) de la Udako Euskal Unibertsitatea (UEU) a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de EducaciÓN
Rango de LeyOrden

El Centro Goimailako Online Institutua (Goi.eus) constituye un Centro de formación, docente e investigador. El centro se estructura en el marco de la Udako Euskal Unibertsitatea (UEU) como consecuencia de la necesidad de promocionar la enseñanza universitaria online en euskera. Teniendo en cuenta la demanda y la creciente presencia de los medios digitales en todos los ámbitos, se propone añadir a la oferta presencial que se venía realizando la oferta de una modalidad «a distancia».

La solicitud de adscripción de Goimailako Online Institutua (Goi.eus) de la Udako Euskal Unibertsitatea (UEU) a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU) se hace con el objetivo de responder a la exigencia legal (Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre) de proporcionar formación psicopedagógica y didáctica a personas licenciadas, graduadas en las diferentes áreas de conocimientos para el desempeño de la profesión docente en las distintas etapas y niveles de educación secundaria y enseñanza de idiomas.

Con la adscripción queda garantizado el cumplimiento de los objetivos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea puesto que se amplía la oferta de estudios desde un punto de vista formativo innovador al tratarse de la modalidad «a distancia» y en euskera.

La Comunidad Autónoma Vasca, en virtud del artículo 16 del Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en conexión con la disposición adicional primera de la Constitución, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece en su artículo 11.1 que la adscripción mediante convenio a una Universidad pública o privada de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe favorable de su Consejo Social.

El artículo 62.2.e) de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, establece que entre las facultades del Departamento competente en materia de universidades...

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