ORDEN de 1 de septiembre de 2020, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se acuerda modificar la delimitación de las Áreas de Rehabilitación Integrada de los barrios del Casco Histórico y Bilbao La Vieja del municipio de Bilbao y extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las áreas de rehabilitación integrada a estas áreas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, PlanificaciÓN Territorial y Vivienda
Rango de LeyOrden
  1. – Mediante escrito del Ayuntamiento de Bilbao, se solicita la modificación de las delimitaciones de las Áreas de Rehabilitación Integradas de los barrios del Casco Histórico y Bilbao La Vieja. Se adjuntan las nuevas delimitaciones del ámbito.

  2. – Las delimitaciones del ámbito de actuación de dichas Áreas, que se concretan en planos adjuntos a la presente Orden, se han obtenido de la documentación obrante en el expediente, del plano de delimitación aportado por el Ayuntamiento, y de la visita de inspección ocular realizada a la zona por personal técnico adscrito a este órgano.

  3. – El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y estructural del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.

  4. – Conforme señala la citada disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, previo informe de la Dirección de Suelo y Urbanismo, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.

  5. – Al alterarse mínimamente las delimitaciones, se entienden válidas las justificaciones realizadas en su día para el cumplimiento del conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, de conformidad con el Informe emitido con fecha 7 de agosto de 2020 y que obra en el expediente.

Primero.– Modificar las delimitaciones de las Área de Rehabilitación Integradas de los barrios del Casco Histórico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR