ORDEN de 1 de septiembre de 2016 del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se regulan y se convocan para el ejercicio 2016 las ayudas para la promoción de la implantación de sistemas de gestión, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas del sector de la edificación residencial y hábitat urbano de la Comunidad Autónoma del País Vasco, programa Eraikal 2016.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

Eraikal es una iniciativa del Departamento de Empleo y Políticas Sociales para la promoción de la gestión de calidad tanto en la obra nueva como de rehabilitación y mantenimiento y las Inspecciones Técnicas del Edificios, así como del derribo y reciclado de forma que se abarque el ciclo de vida útil del edificio, medio ambiente y prevención de riesgos Laborales, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación en las empresas del sector de la edificación residencial y hábitat urbano de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En el sector de la edificación residencial participan directa o indirectamente multitud de agentes (proyectista, promotor, constructor, gremios, proveedores de materiales, clientes) con diversas funciones. Esta circunstancia multiplica el número de puntos vulnerables que pueden afectar a la calidad final. La implantación de un sistema de gestión de la calidad es la única forma de asegurar la relación y el equilibrio entre todos los agentes que intervienen en el proceso.

Eraikal se establece como instrumento que debe servir para ayudar a transformar el sector de la edificación residencial en la Comunidad Autónoma del País Vasco y convertirlo en un sector sólido, competitivo y eficiente, a través de la implantación en sus empresas de prácticas de gestión orientadas a la mejora continua, necesarias para proporcionar a los ciudadanos viviendas realizadas bajo procesos de trabajo seguros, de calidad y respetuosos con el medio ambiente, de acuerdo a sus necesidades y a las de la sociedad en general.

Dado que el incremento de la mejora continua es sólo un ingrediente básico pero no suficiente para la competitividad, Eraikal promueve también la innovación en el sector de la edificación residencial y hábitat urbano de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de forma que se garantice no solo el presente sino el futuro de este sector, por ello se quiere potenciar aquellos proyectos relacionados con:

– Estado de conservación de los edificios.

– Calidad de la edificación.

– La eficiencia energética.

– Calidad de la gestión e implantación de la calidad.

– Construcción sostenible.

– Seguridad y salud laboral.

En su virtud, Dado que en la Ley 9/2015 de 23 de diciembre por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016, existe crédito suficiente para la materialización de estos compromisos por parte del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, se plantea una nueva convocatoria mediante el presente programa Eraikal 2016.

Artículo 1 – Objeto y alcance de la ayuda.

1.1.– Es objeto de la presente Orden la regulación de las ayudas económicas a conceder por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a la promoción de la implantación y mejora de los sistemas de gestión de la calidad, fomento de la sostenibilidad y apoyo a la innovación de las empresas y profesionales del sector de la edificación residencial y hábitat urbano radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, programa Eraikal 2016.

1.2.– Se consideran empresas del sector de la edificación residencial y hábitat urbano, a los efectos de la presente Orden, las indicadas en los siguientes apartados en función de las líneas a las que se refieran.

1.2.1.– Para las líneas I, II y III.

  1. Empresas y profesionales que se encuentren dentro de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas en alguno de los siguientes sectores relacionados con el ámbito de la edificación residencial.

    41.1 Promoción inmobiliaria.

    41.2 Construcción de edificios tanto de obra nueva como rehabilitación y mantenimiento.

    43.1 Demolición y preparación de terrenos.

    43.2 Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción.

    43.3 Acabado de edificios.

    43.9 Otras actividades de construcción especializada.

    71.1 Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico. Limitado exclusivamente a la participación de estudios de arquitectura, estudios de aparejadores y servicios de ingeniería y topografía. Los estudios de ingeniería deberán presentar certificado o justificante del colegio de ingenieros donde se certifique o justifique que dicho estudio ha realizado trabajos en relación a la construcción residencial

  2. También se consideran empresas del sector de la edificación residencial, a los efectos de la presente Orden, las entidades de control de calidad de la edificación y los laboratorios de ensayos de control de calidad de la edificación con declaración de responsabilidad conforme al Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su actividad, y Decreto 209/2014, de 28 de octubre, por el que se regula el control de calidad en la construcción.

    Dicha declaración deberá estar presentada ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  3. Las agrupaciones o asociaciones de empresas y profesionales del sector de la edificación residencial, que tengan amplia representación o capacidad de convocatoria. Se consideran como tales los colegios profesionales vinculados al sector de la edificación residencial, centros de investigación tecnológica, cámaras de comercio, los Clúster de la construcción, sociedades públicas de viviendas....).

    1.2.2.– Para la línea IV.

  4. Empresas y profesionales del sector de la edificación residencial y hábitat urbano que, además de las incluidas en el apartado 2.1 anterior, se encuentren dentro de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas en alguno de los siguientes sectores relacionados con el ámbito de la edificación residencial y hábitat urbano.

    1623.– Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción.

    3513.– Distribución de energía eléctrica.

    3516.– Producción de energía eléctrica de origen térmico convencional.

    3519.– Producción de energía eléctrica de otros tipos.

    3521.– Producción de gas.

    3522.– Distribución por tubería de combustibles gaseosos.

    3600.– Captación, depuración y distribución de agua.

    3700.– Recogida y tratamiento de aguas residuales.

    3811.– Recogida de residuos no peligrosos.

    3812.– Recogida de residuos peligrosos.

    3821.– Tratamiento y eliminación de residuos no peligrosos.

    3822.– Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos.

    3831.– Separación y clasificación de materiales.

    3832.– Valorización de materiales ya clasificados.

    3900.– Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

    4222.– Construcción de redes eléctricas y de telecomunicaciones.

    4299.– Construcción de otros proyectos de ingeniería civil n.c.o.p. (no comprendidas en otros).

    7120.– Ensayos y análisis técnicos.

    7211.– Investigación y desarrollo experimental en biotecnología.

    7219.– Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas.

    8411.– Actividades generales de la Administración Pública.

    8413.– Regulación de la actividad económica y contribución a su mayor eficiencia.

    9411.– Actividades de organizaciones empresariales y patronales.

    9412.– Actividades de organizaciones profesionales.

Artículo 2 – Actuaciones Subvencionables.

2.1.– Serán consideradas actuaciones subvencionables las siguientes líneas:

2.1.1.– Línea I Proyectos o estudios de innovación que se refieran a los siguientes puntos:

  1. Estado de conservación de los edificios, ITEs (Inspección Técnica del Edificio), patología, rehabilitación, uso y mantenimiento y vida útil del edificio.

  2. Calidad de la edificación: aplicación del CTE (Código Técnico de Edificación), control de proyecto, de ejecución de obra y pruebas de servicio. Industrialización.

  3. Estudios sobre la eficiencia energética de los edificios.

  4. Estudios sobre la mejora calidad de la gestión e implantación de la calidad.

  5. Evaluación de las prestaciones de sostenibilidad, funcionales, flexibilidad y espaciales de los edificios.

  6. Estudios sobre la seguridad y salud laboral en las obras.

  7. Estudios sobre instalaciones de los edificios.

    2.1.2.– Línea II Desarrollo de herramientas informáticas, desarrollo de campañas de divulgación, jornadas y cursos, sin hacer publicidad de sistemas particulares o de marca que se realicen en relación a los siguientes puntos:

  8. Estado de conservación de los edificios, ITEs (Inspección Técnica del Edificio), patología, rehabilitación, uso y mantenimiento y vida útil del edificio.

  9. Calidad de la edificación: aplicación del CTE (Código Técnico de Edificación), control de proyecto, de ejecución de obra y pruebas de servicio. Industrialización.

  10. Estudios sobre la eficiencia energética de los edificios.

  11. Estudios sobre la mejora calidad de la gestión e implantación de la calidad.

  12. Evaluación de las prestaciones de sostenibilidad, funcionales, flexibilidad y espaciales de los edificios.

  13. Estudios sobre la seguridad y salud laboral en las obras.

  14. Estudios sobre instalaciones de los edificios.

    2.1.3.– Línea III.

  15. Implantación y certificación de sistemas de gestión basados en las Normas Internacionales de Normalización ISO 9001, ISO 14001 ISO 14006, Norma Española UNE 166002 y la norma de Evaluación en...

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