ORDEN de 1 de julio de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de tercera modificación de la Orden de 20 de octubre de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se establecen y regulan las ayudas destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Orden |
La Orden de 20 de octubre de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, publicada en el BOPV n.º 205, de 25 de octubre de 2010, establecía y regulaba la concesión de ayudas destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio.
La Orden de 26 de junio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, (BOPV n.º 131, de 11 de julio de 2014), modificó la mencionada Orden de 20 de octubre de 2010, y actualizó y concretó determinados aspectos de ésta última para mejorar la efectividad en su aplicación, además de matizar la ponderación dada a ciertos criterios a la hora de evaluar los proyectos que concurren a las mismas.
A su vez la Orden de 28 de julio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, (BOPV n.º 151, de 12 de agosto de 2015), de segunda modificación de la Orden de 20 de octubre de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se establecen y regulan las ayudas destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio, estableció un nuevo ámbito temporal para los proyectos presentados a subvención, cambió la denominación de las oficinas, pasando a ser Oficinas Técnicas de Comercio, y recurrió a la tramitación telemática en la presentación de la solicitudes.
Transcurridos más de 5 años desde la aprobación de la Orden reguladora inicial, el programa ha alcanzado suficiente grado de madurez y estabilidad para apostar por su continuidad. No obstante, se estima necesario adaptar la justificación de la ayuda a la tramitación telemática y corregir una remisión errónea a otro artículo y...
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