RESOLUCIÓN de 17 de abril de 1997 , del Director de Tráfico y Parque Móvil, por la que se convoca Curso para obtener el Certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 17 de abril de 1997 , del Director de Tráfico y Parque Móvil, por la que se convoca Curso para obtener el Certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.

A tenor de lo establecido en el Real Decreto 1753/1984 de 30 de agosto, y en el Real Decreto 3256/1982 de 15 de octubre, y con arreglo a las competencias atribuidas a esta Dirección de Tráfico y Parque Móvil por el artículo 11.2.a del Decreto 108/1996 de 14 de mayo, se convoca Curso para la obtención del Certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial conforme a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

  1. ¿ Requisitos de los aspirantes.

    1.1.¿ Conforme previene el artículo 16 del Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Vehículos de Motor para tomar parte en el procedimiento previo de Selección y, consecuentemente, en el Curso de Formación será necesario:

    1. Haber superado la Enseñanza General Básica o acreditar que se poseen estudios equivalentes o superiores.

    2. Ser titular del permiso de conducción de la clase B-1, al menos con una antigüedad de dos años.

    3. Poseer las condiciones psicofísicas y psicotécnicas que actualmente se exigen para la obtención de un permiso de conducción de la clase C-1.

      Por excepción quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de la clase B-1, otorgado al amparo de lo dispuesto en el artículo 267-IV del Código de la Circulación, con una antigüedad mínima de dos años, podrán obtener un Certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial, limitado a enseñanzas de carácter teórico.

    4. Tener domicilio habitual o residencia en el País Vasco, circunstancia que deberá acreditar mediante certificación de empadronamiento o, en su defecto, mediante certificación de residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en ambos casos, durante un período mínimo ininterrumpido de dos años en el que deberá estar incluida la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

      1.2.¿ Los requisitos a que se refiere el punto anterior deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

  2. ¿ Plazo de presentación de instancias y documentación.

    2.1.¿ Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán presentar su solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente resolución en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. La solicitud será facilitada en los Servicios Territoriales de Tráfico de los tres Territorios Históricos y podrán presentarse en cualquiera de dichos Organismos o a través de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    2.2.¿ A la solicitud de admisión al curso, deberá acompañarse fotocopias debidamente cotejadas con el original, de la siguiente documentación:

    1. Del Documento Nacional de Identidad.

    2. Del permiso de conducción.

    3. Del título de Graduado Escolar, equivalente o superior que posea.

    Así mismo se acompañará justificante de haber abonado 1.345 pesetas en concepto de derechos de inscripción.

    2.3.¿ En el supuesto de solicitar la exención de las pruebas correspondientes al procedimiento previo de selección o de cualquiera otra de las previstas en la base 6, se acompañarán a la solicitud las certificaciones acreditativas de tales extremos.

  3. ¿ Lista de admitidos.

    Por resolución del Director de Tráfico y Parque Móvil se hará pública la relación de aspirantes admitidos y excluidos a la prueba previa de selección, así como de los exentos de realizarla por haberla superado en anteriores convocatorias. En la misma resolución, que se publicará en el BOPV, se señalará lugar, fecha y hora en que se celebrarán las pruebas correspondientes al procedimiento previo de selección.

  4. ¿ Procedimiento previo...

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