ORDEN de 24 de marzo de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueban e inscriben en el registro de fundaciones del País Vasco diversas modificaciones de los estatutos y el texto refundido de los mismos de la Fundación Mondragón (anteriormente denominada Fundación MCC), de Mondragón (Gipuzkoa).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Visto el expediente que la Fundación Mondragón (antes denominada Fundación MCC), de Mondragón, Gipuzkoa, presenta de aprobación e inscripción de diversas modificaciones de los Estatutos Fundacionales, atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 18 de febrero de 2010 tiene entrada solicitud firmada por Dña. Zorione Arregui Elcorobarrutia, en su calidad de Secretario del Patronato de la Fundación, de inscripción de diversas modificaciones de los Estatutos Fundacionales, acordadas por su Patronato el 07-10-1997, 03-06-2003, 07-02-2006 y 08-07-2008.

Se adjuntan dos copias autorizadas de la Escritura Pública que incorpora sendos certificados correspondientes a las reuniones del Patronato mencionadas.

La escritura es otorgada por Dña. Zorione Arregui Elcorobarrutia, en nombre y representación de la Fundación Mondragón (antes denominada Fundación MCC), y autorizada por el Notario de Mondragón, D. Antonio Román de la Cuesta Galdiz el 28 de enero de 2010, bajo su número de protocolo 63. En su virtud se eleva a público el certificado que incorpora el título notarial, expedido en Mondragón, el 20 de enero de 2010, por Dña. Zorione Arregui Elcorobarrutia, en su calidad de Secretaria del Patronato, con el visto bueno del Presidente, D. José María Aldecoa Sagastasoloa, en el cual se hacen constar las modificaciones de los Estatutos de la Fundación adoptados en los años 1997, 2003, 2006 y 2008 y se adjuntan como anexos los informes de las correspondientes modificaciones estatutarias, así como su efecto presupuestario y organizativo. El anexo cuarto contiene el texto refundido consecuencia de la totalidad de las modificaciones realizadas en los referidos años. Así mismo se incorpora certificado de denominación no coincidente emitido por la Encargada del Registro de Fundaciones del País Vasco de la nueva denominación adoptada.

Segundo.- El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco, que a su vista han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden la resolución de los expedientes de modificación estatutaria presentado sobre la base de los artículos 36.3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y 4 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; el artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de...

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