DECRETO 235/1997, de 14 de octubre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 235/1997, de 14 de octubre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura.

El Decreto 1/1995, de 3 de enero, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos integró en el Departamento de Cultura a la Secretaría General de Política Lingüística, con sus dos Direcciones, adscrita a la extinta Secretaría de la Presidencia.

Por Decreto 281/1995, de 30 de mayo, se estableció la nueva estructura orgánica del Departamento de Cultura, el cual como novedad más importante incorporó a través de la Viceconsejería de Política Lingüística las competencias y funciones encomendadas hasta la fecha a la Secretaría General de Política Lingüística, en la cual se incorporó así mismo la Dirección de Promoción del Euskera existente anteriormente en el Departamento de Cultura.

El Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 14 de marzo de 1996, informó favorablemente el proyecto sobre redefinición de los servicios prestados por las Delegaciones Territoriales del Departamento de Cultura y su reorganización, elevado por el mismo Departamento que contenía la racionalización de los medios humanos y materiales de las mismas, en aras de lograr una optimización de tales recursos, sin que ello fuera en detrimento de los servicios que prestan al ciudadano. A tal fin se ha entendido que, sin perjuicio de que puedan existir unidades descentralizadas del propio Departamento en los diferentes Territorios Históricos, las Delegaciones Territoriales, tal y como en la actualidad están conformadas deben desaparecer.

Por otra parte la experiencia con la nueva estructura establecida, ha puesto de manifiesto la conveniencia de una parte de reubicar alguna de las funciones que venían desarrollándose a través de la Dirección de Patrimonio Cultural, en la Dirección de Creación y Difusión Cultural, y de otra de simplificar la estructura de la Viceconsejería de Política Lingüística reagrupando sus funciones en dos de las Direcciones existentes y suprimiendo la tercera, lo cual se propugna en el Informe de la Comisión para la Racionalización y Mejora de la Administración Pública ( CORAME ), que en su momento informó la elaboración de la estructura vigente y que ha sido tenida en consideración al proceder a esta modificación.

Así mismo, en virtud del acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos de 13 de marzo de 1997, relativo al marco general de actuación y procedimiento de elaboración del Plan de Normalización del uso del euskera en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a dicho área de Política Lingüística, se le han atribuido nuevas facultades...

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