DECRETO 121/89, de 9 de abril, por el que se modifica el Programa de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion; Hacienda y Finanzas; Industria y Comercio; Interior; Presidencia, Justicia...
Rango de LeyDecreto

DECRETO 121/89, de 9 de abril, por el que se modifica el Programa de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo.

La experiencia que deriva del funcionamiento de los mecanismos administrativos implicados en el Programa de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo, aprobado por Decreto 211/1988, de 4 de Agosto, ha supuesto la constatación de la necesidad de ampliar el plazo que, para la presentación de solicitudes, se establecía en el texto del

Programa referido.

Por ello, a propuesta de los Consejeros de Presidencia, Justicia y

Desarrollo Autonómico Interior, Hacienda y Finanzas, Educación,

Universidades e Investigación, Sanidad y Consumo e Industria y

Comercio previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en

Sesión celebrada el dio 9 de Abril de 1989,

DlSPONGO: Artículo único.- Se modifica el Programa de Ayudas a las

Víctimas del Terrorismo, aprobado por Decreto 221/ 1988, de 4 de

Agosto, sustituyéndose la redacción del último párrafo de su parágrafo IV «FORMAS DE SOLlClTAR LAS AYUDAS» por el siguiente texto: «El plazo de presentación será de seis meses contados a partir del día siguiente a la producción del acto causante de los daños».

DlSPOSIClON TRANSlTORIA

El plazo de presentación de instancias en las que se solicitan ayudas para las víctimas de actos terroristas acaecidos desde el día 1 de

Marzo al 21 de Diciembre de 1988, fecha de la publicación en el

Boletín Oficial del País Vasco del Decreto 298/1988, de I de

Diciembre, por el que se establecen normas complementarias para la ejecución del Programa de Ayudas a las Víctimas del terrorismo, se amplía hasta el 22 de Junio de 1989.

DlSPOSlClON FlNAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de

Abril de 1989.

El Lehendakari,

JOSE ANTONlO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia, Justicia y

Desarrollo Autonómico,

JUAN RAMON GUEVARA SALETA. El Consejero de Interior,

JUAN LASA JAUREGUl.

El Consejero de Hacienda y Finanzas, ALFONSO BASAGOlTI...

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