DECRETO 215/1994, de 21 de junio, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorUrbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 215/1994, de 21 de junio, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.

La Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, crea el

Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai como Ente adscrito al órgano ambiental del Gobierno

Vasco, para la adecuación de los fines y patrimonio de la reserva.

La aprobación mediante Decreto 242/1993, de 3 de agosto, del Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai en desarrollo del mandato legal contenido en la citada Ley 5/1989, de 6 de julio, ha supuesto el establecimietno del régimen jurídico especial necesario para la protección y la potenciación del ámbito territorial de la citada Reserva, en cuyo desarrollo la figura del Patronato ostenta funciones transcendentales de control, administración y gestión e impulsión de aquellas normas y preceptos tendentes a una mayor eficacia en la defensa de los valores y singularidades de la reserva. Todo ello plantea la necesidad de recoger en la estructura orgánica del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente la figura del Patronato, mediante su adscripción al Organo

Ambiental del Gobierno Vasco, modificando para ello el Decreto 23/1992, de 11 de febrero.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Urbanismo,

Vivienda y Medio Ambiente, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de junio de 1994,

DISPONGO:

Artículo único Se modifica el Artículo 13 del Capítulo

II, Sección Tercera: De la Viceconsejería de Medio

Ambiente, del Decreto 23/1992, de 11 de febrero, con la siguiente redacción:

Artículo 13.- 1 La Viceconsejería de Medio

Ambiente es el órgano ambiental del Gobierno Vasco, y dirige y coordina la siguientes áreas de actuación: a) Planificación y Programación de Política Ambiental. b) Gestión del medio ambiente, coordinación de las actuaciones medioambientales y prevención de la contaminación. c) Protección, de los recursos ambientales. d) Definición, protección y mejora de la calidad de las aguas. 2.- Queda adscrito al órgano ambiental del Gobierno

Vasco, el Patronato de la Reserva de la Biosfera de

Urdaibai, con la estructura, cometidos y funciones que le...

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