LEY 2/95, de 23 de junio, por la que se aprueba la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi correspondientes al ejercicio 1992.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyLey

LEY 2/95, de 23 de junio, por la que se aprueba la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi correspondientes al ejercicio 1992.

Se hace saber a todos los/las ciudadanos/ashs de

Euskadique el Parlamento Vaco ha aprovadola siguiente:

LEY 2/1995 DE 23 DE JUNIO, POR LA QUE

SE APRUEBA LA LlQUlDAClÓN DE LOS

PRPSUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTONOMA DE EUSKADI

CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 1992.

El articulo 124 del Decreto Legislativo 1/1994.de 27 de septiembre,por el que se aprueba el Texto refundido de disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi. señala la documentación que, con carácter minino y adecuadamente sistematizada, debe componer e integrar la liquidación de los Presupuestos

Generales.

Esta documentación junto con aquella otra información referente a otros aspectos de la situación financiera y patrimonial de la Comunidad

Autónoma que, en su caso se exija debe ser remitida por el Gobierno, según lo establecido por el articulo 126 del Decreto Legislativo 1/1994. de 27 de septiembre, por el que se aprueba el TexTO refundido de disposiciones legales vigentes sobre

Régimen Presupuestario de Euskadi, mediante el correspondiente proyecto de ley para su debate y aprobación por el Parlamento, interviniendo el

Tribunal Vasco de Cuentas Púbicas en este procedimiento en los términos contenidos en la normativa que lo regule.

A este respecto, el articulo 9.4 de la Ley 1/1998 de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de

Cuentas Públicas, dispone que en el ejercicio de la función fiscalizadora el Tribunal Vasco de Cuentas

Públicas examinará y comprobará la documentación relativa a la liquidación de los

Presupuestos Generales de la Comunidad

Autónoma del Pais Vasco, y su infome será puesto en conocimiento del Parlamento y del Gobierno a los efectos oportunos, siendo publicadas sus conclusiones en el Boletin Oficial del Pais Vasco,y deberá unierse necesariamente al proyecto de ley mencionado en el articulo 126 del Decreto

Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de

Euskadi, citado anteriormente.

Partiendo de estas premisas normativas, una vez elaborada por el Departamento de Hacienda y

Administración Pública la documentación exigida, cuyos cuadros resumen se adjuntan como anexo a la presente ley, y emitido por el Tribunal Vasco de

Cuentas Públicas/Herri Kontuen Euskal Epaitegia el preceptivo informe de fiscalizacón cuyas conclusiones fueron publicadas en el Boletin

Oficial del Pais Vasco nº 205 de 27 de Octubre de 1994., la presente ley procede a la aprobación de la liquidación de los Presupuestos Generales de la

Comunidad Autónoma de Euskadi correspondientes al ejercicio 1992.

ARTICULO UNICO

Por la presente ley se aprueba la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad autónoma de Euskadi correspondientes al ejercicio 1992. integrada por la documentación señalada en el articulo 124 del Decreto legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de disposiones legales vignetes sobre

Régimen Presupuestario de Euskadi y cuyos cuadros resumen se adjuntan como anexo.

Materias:

LIQUIDACION;

PRESUPUESTOS GENERALES

Referencias Anteriores

Véase DECRETO LEGISLATIVO 199400001 de 27/09/1994 publicado con fecha 03/03/1995

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