DECRETO 149/1989, de 5 de Julio, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación Liga de Euskadi de Mutilados e Inválidos de la Guerra de España 1936/39.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas; Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyDecreto

DECRETO 149/1989, de 5 de Julio, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación Liga de Euskadi de Mutilados e Inválidos de la Guerra de España 1936/39.

En atención a las actividades desarrolladas por la Asociación Liga de

Euskadi de Mutilados e Inválidos de la Guerra de España 1936/39, con domicilio social en Bilbao, Plaza Nueva 5-3.°, y delegación abierta en San Sebastián, C/ Duque de Mandas, n.° 3 y 5, el Gobierno considera que procede reconocer de utilidad pública a la citada entidad, por considerar que promueve el interés general de Euskadi.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 3/1988, de 12 de Febrero, sobre

Asociaciones y a tenor del Decreto 75/ 86, de 28 de Enero, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de

Transferencias de 28 de Noviembre de 1985 en materia de Asociaciones y el Decreto 77/86, de 25 de Marzo, por el que se crea el Registro

General de Asociaciones, compete al Consejo de Gobierno el presente reconocimiento de Utilidad Pública.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia,

Justicia y Desarrollo Autonómico y de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de julio de 1989,

DISPONGO: Artículo único. - Se reconoce de Utilidad Pública a Ia

Asociación Liga de Euskadi de...

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