LEY 3/1987, de 8 de Julio, por la que se aprueba la Cuenta General de la Comunidad Autónoma del País Vasco correspondiente al ejercicio 1981.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyLey

LEY 3/1987, de 8 de Julio, por la que se aprueba la Cuenta General de la Comunidad Autónoma del País Vasco correspondiente al ejercicio 1981.

Se hace saber a todos los ciudadanos de Euskadi que el Parlamento

Vasco ha aprobado la Ley 3/1987, de 8 de Julio, por la que se aprueba la Cuenta General de la Comunidad Autónoma del País Vasco correspondiente al ejercicio 1981. Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, 8 de Julio de 1987. El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.

Artículo 1 Aprobación 1

Por la presente Ley se aprueba la Cuenta General de la Comunidad.

Autónoma de Euskadi correspondiente al ejercicio de 1981, elaborada por el Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco, e integrada por la Cuenta de la Administración General. 2. Al 31 de Diciembre de 1981 la Comunidad Autónoma no había constituido ningún Organismo Autónomo de carácter administrativo. 3. Los Organismos Autónomos Mercantiles creados durante 1981, CADEM y

Centro de Contratación de Cargas, no ejercen ninguna actividad durante dicho año. 4. Se adjuntan a la Cuenta General las cuentas correspondientes a la

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial S.A., autorizada por la Ley 5/1981, de 10 de Junio, y constituida en fecha 21 de

Septiembre de 1981. 5. Durante el ejercicio presupuestario de 1981, el Gobierno no hizo uso de la autorización contenida en el artículo 25 de la Ley 8/1981 relativa a la concesión de avales por parte de la Comunidad Autónoma.

Artículo 2 Cuenta de la Administración General 1

La Cuenta de la Administración General comprende todas las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería Ilevadas a cabo durante el ejercicio, tal y como figuran en la Memoria que se acompaña, de acuerdo con el siguiente detalle: - Primera parte. Cuenta de Liquidación del Ejercicio Presupuestario. - Segunda parte. Cuenta de Tesorería del Ejercicio Presupuestario. - Tercera parte. Estado Demostrativo de la Evolución y Situación de los Valores a Cobrar y Obligaciones a Pagar procedentes de ejercicios anteriores. - Quinta parte. Estado de los Compromisos de Gastos con cargo a Ejercicios.

Futuros. -Sexta parte. Cuenta General de Tesorería. -Séptima parte. Resultado del Ejercicio. -Novena parte. Cuenta General de la Deuda Pública. 2. No se incluyen en la Cuenta de la Administración General, correspondiente al ejercicio de 1981, las siguiente partes: - Cuarta parte. Estado de evolución y situación de los Anticipos de

Tesoreria, por no haber hecho uso la Administración de la Comunidad

Autónoma de las facultades para su concesión de acuerdo con la normativa vigente. - Octava parte. Evolución y situación de los recursos locales e institucionales administrados por la Hacienda General, por no ser de aplicación.

Artículo 3 Cuenta de la Administración General: anulación de remanentes 1

Se anula el exceso de los créditos totales autorizados para el ejercicio de 1981, sobre las obligaciones reconocidas y liquidadas en el mismo periodo cuyo importe asciende a 2.143.848.578 pesetas. 2. La anulación de remanentes a que se refiere el apartado anterior se entenderá sin menoscabo de la posibilidad de su incorporación al.

Presupuesto del ejercicio 1982, efectuada de acuerdo con la normativa que la regule.

Artículo 4 Cuenta de la Administración General: derechos y obligaciones pendientes 1

Los derechos reconocidosy liquidados, pendientes de cobro al finalizar el ejercicio presupuestario de 1981, ascienden a la cantidad de 3..507.827.000 pesetas. 2. Las obligaciones reconocicias y liquidadas pendientes de pago al finalizar el ejercicio presupuestario de 1981, ascienden a la cantidad de 4.727.916.938 pesetas.

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