DECRETO 8/2000, de 20 de septiembre, del Lehendakari, por el que se acuerda la sustitución de un miembro del Consejo de Relaciones Laborales en representación de la Confederación Sindical Comisiones Obreras de Euskadi / CC.OO DE EUSKADI.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

DECRETO 8/2000, de 20 de septiembre, del Lehendakari, por el que se acuerda la sustitución de un miembro del Consejo de Relaciones Laborales en representación de la Confederación Sindical Comisiones Obreras de Euskadi / CC.OO DE EUSKADI.

El artículo 5 de la Ley 11/1997, de 27 de junio, del Consejo de Relaciones Laborales / Lan Harremanen Kontseilua, atribuye al Lehendakari la facultad de nombrar a los miembros del Consejo en representación de las organizaciones y confederaciones sindicales y de las confederaciones empresariales, una vez que aquéllos fueran designados por éstas, y el artículo 6, párrafo 2.º, del mismo texto legal faculta a las referidas organizaciones y confederaciones a sustituir a las personas que hubieran designado como miembros efectivos o suplentes.

La Confederación Sindical Comisiones Obreras de Euskadi / CC.OO DE EUSKADI ha procedido a la sustitución de los miembros designados por Decreto 18/1998, de 1 de diciembre, del Lehendakari, acordando una nueva designación,

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo único Nombrar miembros del Consejo de Relaciones Laborales por Representación Sindical, designados por la Confederación Sindical...

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