ORDEN de 20 de agosto de 1998, del Consejero de Interior, de modificación de la Orden por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyOrden

ORDEN de 20 de agosto de 1998, del Consejero de Interior, de modificación de la Orden por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

Mediante Orden del Consejero de Interior de 31 de diciembre de 1997 (BOPV n.º 250, de 31 de diciembre) se aprobó la primera relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, en la que no se pudo establecer la fecha de preceptividad de los perfiles lingüísticos puesto que la aplicación de los criterios contenidos en el artículo 8 del Decreto por el que se regula el proceso de normalización del euskera en la Ertzaintza exigía la previa identificación de los titulares de cada uno de los puestos de trabajo, tarea que requería la previa entrada en vigor de la propia relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

Por esta razón la Disposición Transitoria Quinta de la Orden de 31 de diciembre de 1997 pospuso la determinación de las fechas de preceptividad de los perfiles lingüísticos a un momento posterior en el que pudieran estar debidamente identificados los titulares de los distintos puestos de trabajo de la Ertzaintza en aplicación de las reglas de equivalencia a las que se remite la Disposición Transitoria Primera de la misma Orden.

Es objeto de la presente Orden por lo tanto determinar los puestos de trabajo y, en su caso, las dotaciones a las que procede asignar fecha de preceptividad para la exigencia del perfil lingüístico correspondiente. Por otro lado, estando configuradas las relaciones de puestos de trabajo como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, resulta preciso proceder a su adecuación periódica para ajustarlas a la evolución de las necesidades de la organización, además de otras modificaciones puntuales que resultan necesarias para corregir ciertas disfunciones que, con la entrada en vigor de la primera relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, se han puesto de manifiesto.

En su virtud, habiendo emitido informe la Viceconsejería de Política Lingüística y el Consejo de la Ertzaintza y previa negociación en la mesa de negociación de la Ertzaintza de las materias recogidas en el artículo 103 de la Ley de Policía,

DISPONGO:

Artículo primero ¿ Se modifica el contenido del anexo de la Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza en los términos que se señalan en el anexo I de la presente Orden.
Artículo segundo ¿ Se modifica el contenido del anexo de la Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, señalándose en el anexo II de la presente Orden los puestos de trabajo y, en su caso, las dotaciones a las que se asigna la fecha de preceptividad del perfil lingüístico.
Artículo tercero ¿ Se modifica la Disposición Adicional Quinta que quedará redactada en los siguientes términos:
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA

El funcionario que ocupe un puesto de trabajo sometido a un plazo de máxima permanencia, una vez finalizado éste, podrá seguir ocupándolo por periodos consecutivos de dos años, siempre que, mediante la superación de las pruebas correspondientes, acredite que reúne las condiciones de capacidad física o equilibrio psíquico necesarios para su desempeño

.

Artículo cuarto ¿ Se añade una disposición adicional sexta con la siguiente redacción:
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA

En el plazo de 10 días desde la entrada en vigor de la presente Orden, se notificará personalmente a todos los funcionarios que ocupen en adscripción definitiva puestos de trabajo a los que se haya asignado fecha de preceptividad dicha circunstancia así como, en su caso, el plazo y los medios de que dispondrá para la acreditación del perfil lingüístico correspondiente

.

Artículo quinto ¿ se añade una disposición transitoria sexta con la redacción siguiente:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA

Los funcionarios que a la entrada en vigor de la presente Orden, ocupen con carácter definitivo puestos de trabajo cuyo requisito de especialidad haya sido alterado o incorporado por la Orden de 31 de diciembre de 1997 o por la presente Orden, permanecerán ocupando dichos puestos hasta la finalización del segundo curso de la respectiva especialidad que se imparta por la Academia de Policía del País Vasco a partir de la fecha de incorporación del requisito respectivo en la relación de puestos de trabajo correspondiente. La no superación del referido curso llevará aparejada la remoción del puesto de trabajo en los términos del artículo 70.4 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco

.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de agosto de 1998.

El Consejero de Interior,

JUAN MARÍA ATUTXA MENDIOLA.

ANEXO 1
  1. SE MODIFICA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES Y PUESTOS

    REQUISITOS Complemento

    Reservado a Perfil lingüístico Permanencia Específico

    PUESTO Escala / Núm. Sistema Suscep. Especialidad Perfil Fec. prec. N.º dot. Mín. Máx. Singular

    C & o a c u t e ; d i g o & # 9 ; U n i d a d & # 9 ; D e n o m i n a c ión Categoría Localidad Efect. Provisión 2.ª activ.

    202 CMC CENTRAL

    20203 OFICINA TÉCNICA ESC. BÁSICA BILBAO 15 CM 5 años 755.540

    203 JEFATURA TERRITORIAL ARABA

    20304 SECRETARIA T & E a c u t e ; C N I C A & #9;AG VITORIA-GASTEIZ 10 LD 684.070

    204 JEFATURA TERRITORIAL BIZKAIA

    20404 SECRETARIA T & E a c u te;CNICA AG BILBAO 14 LD 684.070

    205 JEFATURA TERRITORIAL GIPUZKOA

    20504 SECRETARIA TÉCNICA AG DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 13 LD 684.070

    20507 SERVICIO PRENSA ESC. BÁSICA DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 3 LD 684.070

    206 CMC TERRITORIAL ARABA

    20605 OFICINA T & E a c u t e ; C N I C A AG VITORIA-GASTEIZ 1 CM 755.540

    208 CMC TERRITORIAL GIPUZKOA

    20804 OFICINA TÉCNICA AG DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 3 CM 755.540

    209 SADAE ARABA

    2 0 9 0 2 & # 9 ; & # 9 ; O P E R A D O R E S & #9;AG VITORIA-GASTEIZ 7 CM 1 673.860

    212 U.T. TRAFICO ARABA

    2 1 2 0 4 & # 9 ; & # 9 ; T R A F I C O SUBOF Álava 5 CM 673.860

    21205 TRAFICO AG 1.º ÁLAVA 16 CM 673.860

    2 1 2 0 6 & # 9 ; & # 9 ; T R A F I CO AG ÁLAVA 48 CM 673.860

    213 U.T. TRAFICO BIZKAIA

    2 1 3 0 4 & # 9 ; & # 9 ; T R AFICO SUBOF BIZKAIA 5 CM 673.860

    21305 TRAFICO AG 1.º BIZKAIA 21 CM 673.860

    2 1 3 0 6 & # 9 ; & # 9 ; TRAFICO AG BIZKAIA 87 CM 673.860

    REQUISITOS Complemento

    Reservado a Perfil lingüístico Permanencia Específico

    PUESTO Escala / Núm. Sistema Suscep. Especialidad Perfil Fec. prec. N.º dot. Mín. Máx. Singular

    C & o a c u t e ; d i g o & # 9 ; U n i d a d & # 9 ; D e n o m i n a c ión Categoría Localidad Efect. Provisión 2.ª activ.

    214 U.T. TRAFICO GIPUZKOA

    21404 TRAFICO SUBOF DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 5 CM 673.860

    21405 TRAFICO AG 1.º DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 21 CM 673.860

    21406 TRAFICO AG DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 63 CM 673.860

    220 COMISARÍA DE VITORIA-GASTEIZ

    22003 JEFE C E N T R O OF VITORIA-GASTEIZ 2 LD 867.850

    236 COMISARÍA DE DONOSTIA

    23607 SEG. CIUD. AG DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 275 CM (A) 5 530.920

    238 COMISARÍA DE HERNANI

    23807 SEG. CIUD. AG HERNANI 123 CM (A) 5 530.920

    240 COMISARÍA DE RENTERIA

    24007 SEG. CIUD. AG RENTERÍA 108 CM (A) 5 530.920

    244 UNIDAD SEGURIDAD INSTITUCIONES

    24409 BANDA DE MÚSICA (MÚSICO) FACUL. Y T E C N & # 9 ; & A acute;LAVA 38 CM s/convocatoria 178.675

    402 UNIDAD DE HELICÓPTEROS

    40201 JEFE UNIDAD OF IURRETA 1 LD 1.082.260

    403 UNIDAD DE DESACTIVACIÓN EXPLOSIVOS

    40301 JEFE UNIDAD OF IURRETA 1 LD 1.082.260

    40302 SUBJEFE U N I DAD SUBOF IURRETA 1 LD 1.082.260

    RESULTANDO EN SU LUGAR

    REQUISITOS Complemento

    Reservado a Perfil

    lingüístico Permanencia Específico

    PUESTO Escala / Núm. Sistema Suscep. Especialidad Perfil Fec. prec. N.º dot. Mín. Máx. Singular

    C & o a c u t e ; d i g o & # 9 ; U n i d a d & # 9 ; D e n o m i n a c ión Categoría Localidad Efect. Provisión 2.ª activ.

    2 0 7 0 3 & # 9 ; & # 9 ; O P E R A T ZAILEAK AG BILBAO 20 ML 1 673.860

    202 CMC CENTRAL

    20203 OFICINA TÉCNICA ESC. BÁSICA BILBAO 14 CM 5 AÑOS 755.540

    203 JEFATURA TERRITORIAL ARABA

    20304 SECRETARIA

    T & E a c u t e ; C N I C A AG VITORIA-GASTEIZ 6 LD 684.070

    204 JEFATURA TERRITORIAL BIZKAIA

    20404 SECRETARIA T & E a c ute;CNICA AG BILBAO 8 LD 684.070

    205 JEFATURA TERRITORIAL GIPUZKOA

    20504 SECRETARIA TÉCNICA AG DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 7 LD 684.070

    20507 SERVICIO PRENSA ESC. BÁSICA DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 4 LD 684.070

    206 CMC TERRITORIAL ARABA

    20605 OFICINA TÉCNICA ESCALA B & A a c u t e;SICA VITORIA-GASTEIZ 1 CM 755.540

    208 CMC TERRITORIAL GIPUZKOA

    20804 OFICINA TÉCNICA ESCALA BÁSICA DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN 3 CM 755.540

    209 SADAE ARABA

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