ORDEN de 30 de mayo 1994, del Consejero de Interior, por la que se modifica la estructura de la plantilla de la Ertzaintza.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyOrden

ORDEN de 30 de mayo 1994, del Consejero de Interior, por la que se modifica la estructura de la plantilla de la Ertzaintza.

Como consecuencia de la creación de la Comisaría de la Ertzaintza de Bilbao y de que ciertos cambios resultan convenientes para la adecuada organización del servicio, en virtud de la competencia prevista en el art. 107.2 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del

País Vasco.

DISPONGO:

Artículo 1 Crear en la estructura de la plantilla de la Ertzaintza los destinos que se relacionan en el Anexo

I a la presente Orden.

Artículo 2 Suprimir de la estructura de la plantilla de la Ertzaintza los destinos que se detallan en el Anexo
  1. La supresión de estas plazas afectará a quienes hayan sido los últimos adjudicatarios de las mismas y en orden inverso de prioridad en su adjudicación.

Artículo 3.1 La característica «empleo» de todos los puestos de Unidades bajo el mando directo de la Dirección de

Seguridad Ciudadana cuya característica «cargo» sea la de «Jefe» o la de «Subjefe» será la de «Subcomisario/

Oficial/Suboficial», excepto para el puesto con código de estructura 271 en que tal característica será la de «Oficial/Suboficial/Agente 1.º». 2.- Modificar la denominación de la Unidad cuyos puestos tienen números de código de estructura 232, 233, 064, 065 y 066 por la de «Seguridad de Instituciones

Araba». 3.- Modificar la característica «localidad» de todos los puestos de trabajo cuya característica «unidad» sea

Brigada Móvil, que pasará de ser «Vitoria-Gasteiz» a ser «Iurreta». 4.- Modificar la característica «localidad» de todos los puestos de trabajo cuya característica «unidad» sea

Comisaría de HernaniAndoain, que pasará de ser «Andoain» a ser «Hernani».

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, con excepción de lo dispuesto en su artículo 2 que entrará en vigor cuando, tras resolverse la primera convocatoria que se efectue para proveer las plazas vacantes en la Comisaría de Bilbao, tomen posesión de estos destinos quienes...

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