DECRETO 293/2003, de 2 de diciembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto del Interceptor del Gobela, tramo Sopelana-Urduliz».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorTransportes y Obras Publicas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 293/2003, de 2 de diciembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto del Interceptor del Gobela, tramo Sopelana-Urduliz».

Por acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de 7 de abril de 2003, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto del Interceptor del Gobela, tramo Sopelana-Urduliz». Posteriormente, en sesión celebrada en fecha 11 de septiembre de 2003, se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El Proyecto desarrolla el Plan Integral de Saneamiento formulado y aprobado por el Consorcio de Aguas en 1979. Dicho Plan fue recogido en el expediente de Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao y su Comarca, aprobado por el Gobierno Vasco en 1983. El citado documento de Modificación del Plan General ha servido de base a la redacción de los proyectos constructivos de los interceptores de la Red General de Saneamiento del Plan Integral, entre los cuales se encuentra el Interceptor del Gobela, en sus Tramos Lamiako-Las Arenas, Las Arenas-Bolue, Bolue-Fadura, Fadura-Berango y Berango-Sopelana, esquema que será completado con la ejecución del Tramo Sopelana-Urduliz, permitiendo la incorporación de la totalidad de los núcleos urbanos de los municipios de Sopelana y Urduliz, con una población de 13.570 habitantes.

Las razones que demandan la urgente ocupación de los terrenos y derechos necesarios para la ejecución de las obras contempladas en este Proyecto son básicamente las mismas...

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