DECRETO 215/2004, de 16 de noviembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

DECRETO 215/2004, de 16 de noviembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004.

El Decreto 297/2002, de 17 de diciembre, reguló las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004.

El Decreto 324/2003, de 23 de diciembre, de prórroga para el curso 2004/2005 de la Disposición Adicional Tercera del Decreto que regula las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, expresa que la naturaleza experimental del proyecto que regula el Decreto 297/2002, no tiene la misma intensidad en todos los aspectos regulados en el mismo y, en concreto, dicha intensidad es menor en la previsión de ayudas económicas a escuelas de titularidad privada contempladas y reguladas en la Disposición Adicional Tercera del citado Decreto 297/2002, actividad de fomento cuya necesaria extensión temporal más allá del horizonte del curso 2003-2004 es evidente.

En el marco legal actual, el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendariode aplicación del sistema educativo, establecido por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, dispone que queda diferida al año académico 2006-2007 la aplicación de las medidas previstas para el año académico 2004-2005 en el artículo 2 del Real Decreto 827/2003, donde se establecía que en el año académico 2004-2005 las administraciones competentes comenzarían la implantación de la Educación Preescolar.

Por otro lado, en desarrollo de la Ley Orgánica 10/2002, se publicó el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general, que deroga expresamente el Real Decreto 1004/1991 de 14 de junio por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias.

En consecuencia, dado que se produce un vacío legal en la regulación de los requisitos exigibles a los centros que atienden a niños y niñas de cero a tres años, y que ha concluido el período transitorio a que se refiere el Decreto 297/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, es conveniente regular los requisitos que han de cumplir estas Escuelas, así como, mantener la vigencia de determinados artículos del citado Decreto 297/2002.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación y de los Consejeros de Vivienda y Asuntos Sociales, de Justicia, Empleo y Seguridad Social, y de Agricultura y Pesca, conforme con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de noviembre de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Objeto del Decreto.

Es objeto del presente Decreto el establecimiento de los requisitos mínimos que deben cumplir las Escuelas que desempeñan la atención educativa y asistencial a los niños y niñas de 0 a 3 años en la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como el mantenimiento de la vigencia de determinados artículos del Decreto 297/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004.

Artículo 2 ¿ Titularidad.

La atención educativa y...

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