DECRETO 142/1981, de 30 de Diciembre, sobre incorporación de créditos en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1981, en materia de Policía Autónoma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 142/1981, de 30 de Diciembre, sobre incorporación de créditos en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1981, en materia de Policía Autónoma.

La ley 8/1981, de 16 de Julio, sobre Presupuestos Generales de la

Comunidad Autónoma del País Vasco para 1981, establece en su artículo cuarto que la asunción por parte de la Comunidad Autónoma de nuevas competencias y/o servicios procedentes del Estado con posterioridad al 31 de Mayo de 1981 y hasta el 31 de Diciembre de ese mismo año inclusive, supondrá la incorporación automática en los citados

Presupuestos de los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones derivadas de aquélla en la forma que determine el

Gobierno, previo informe conjunto del Departamento de Economía y

Hacienda y de aquellos otros afectados por las nuevas competencias o servicios asumidos.

Habiéndose firmado, con fecha 28 de Diciembre de 1981, un Acuerdo en la Comisión Mixta de Cupo entre la representación del Estado y de la

Comunidad Autónoma del País Vasco, sobre la financiación de las competencias asumidas por la misma en materia de policía y, de acuerdo con lo que establece el punto 5 de la Disposición Transitoria 7 del vigente Concierto Económico, habiéndose producido, asimismo, su aprobación por el Gobierno del Estado, procede realizar la incorporación presupuestaria de las cantidades acordadas para 1981 en base al informe emitido, conjuntamente, por los Departamentos de

Economía y Hacienda y de Interior.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda sobre el informe conjunto aludido anteriormente y previa deliberación del

Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de Diciembre de 1981,

DISPONGO

Artículo primero Incorporación al Presupuesto de la

Comunidad Autónoma para 1981

Se aprueba el estado de gastos por la cantidad de setecientos millones de pesetas (700.000.000 de ptas.), constituida por el importe acordado por la Comisión Mixta de Cupo, en su reunión del 28 de Diciembre de 1981, para atender, en dicho año, a parte de los gastos de instalación de una Academia para la formación de la Policía de la Comunidad Autónoma, cuyo presupuesto total asciende a la cantidad de dos mil doscientos noventa y un millones de pesetas, según se determina en el Real Decreto.

Artículo...

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