DECRETO 108/2008, de 10 de junio, por el que se habilitan créditos en el Programa 7112 “Pesca” por ingresos obtenidos en el Programa 9211 “Relaciones Financieras con el Sector Público Español” del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008, por importe de 2.374.499,50 euros.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Junio de 2008
Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

Existen compromisos firmes de aportación de ingresos por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por importe de 2.374.499,50 euros, que están destinados a financiar las ayudas de minimis al sector pesquero de la CAE, convocadas mediante Orden de 11 de enero de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el marco del Real Decreto 1517/2007, de 16 de noviembre, por el que se establece un régimen de ayudas de minimis al sector pesquero.

El objetivo de estas ayudas es contribuir al mantenimiento de la competitividad del sector y paliar la incidencia del sobrecoste del gasóleo pesquero en los resultados económicos de las empresas pesqueras.

Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 10 de junio de 2008, DISPONGO:

Artículo único – Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008 una habilitación de créditos...

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