DECRETO 402/1987, de 17 de Noviembre, por el cual se habilitan créditos en el Programa 03042 del Presupuesto de la Administración Autónoma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas; Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 402/1987, de 17 de Noviembre, por el cual se habilitan crÈditos en el Programa 03042 del Presupuesto de la AdministraciÛn AutÛnoma.

El artÌculo 1 de la Ley 2/ 1987, de 8 de Julio, por el que se aprueban los Presupuestos Generales de la AdministraciÛn de la

Comunidad AutÛnoma de Euskadi para 1.987, establece que el estado de gastos del Presupuesto de la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma totaliza, en cuanto a los crÈditos de pago, la cantidad de 175.961.000.000 pesetas, ascendiendo el estado de ingresos del citado

Presupuesto al mismo importe.

El aumento en las previsiones de recaudaciÛn por parte de las

Diputaciones Forales conlleva un incremento de las aportaciones de las mismas al sostenimiento de las cargas generales de las

Instituciones comunes, en base a lo cual, el Gobierno Vasco, en su sesiÛn celebrada el dÌa 17 de Noviembre de 1J87, acordÛ que se habilitaran crÈditos en el Presupuesto Ordinario de 1987, con un lÌmite de 4.592.000.000 (Cuatro mil quinientos noventa y dos millones de pesetas).

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Agricultura y Pesca y de Hacienda y Finanzas, previa deliberaciÛn y aprobaciÛn del Consejo de Gobierno en su reuniÛn del dÌa 17 de Noviembre de 1987,

DISPONGO:

ArtÌculo 1

Aprobar una habilitaciÛn de crÈditos por importe de 800 millones de pesetas en los conceptos 431, 432 y 433 del Programa 97010 del estado de ingresos del Presupuesto de la.

AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma, la cual genera crÈditos de pago en el estado de gastos por igual importe en el concepto 762 del programa 03042.

ArtÌculo 2

Los crÈditos habilitados deber·n aplicarse al...

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