DECRETO 14/2007, de 6 de febrero, por el que se habilita a los/as Letrados/as adscritos/as a la Subdirección de Asesoría Jurídica de Osakidetza-Servicio vasco de salud para la representación y defensa de la Administración General del País Vasco en procedimientos de reintegro de gastos médicos seguidos ante la jurisdicción social.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 7/1986, de 26 de junio, de Representación y Defensa en Juicio de la Administración General del País Vasco, por Resolución de la Directora de lo Contencioso, de 14 de abril de 1997, se acordó habilitar a los/as Letrados/as adscritos/as a la Subdirección de Asesoría Jurídica de Osakidetza-Servicio vasco de salud para la representación y defensa de la Administración General en los procedimientos de reintegro de gastos médicos seguidos en la jurisdicción social, señalándose, no obstante, que tal representación y defensa se ejercitaría de forma conjunta con los/as Letrados/as adscritos/as a los Servicios Jurídicos Centrales cuando la cuantía de los recursos jurisdiccionales superasen los tres millones de pesetas.

Para conocer el origen de esta habilitación, hay que remontarse al Decreto 369/1995, de 11 de julio, por el que se establecía las estructuras orgánicas y funcionales del Departamento de Sanidad y del entonces Organismo Autónomo Administrativo Osakidetza-Servicio vasco de salud. Su artículo 9.1.c) atribuyó a la Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitaria del Departamento de Sanidad la facultad de "resolver las solicitudes de reintegros de gastos en materia de asistencia sanitaria", facultad que hasta ese momento había correspondido al Organismo Autónomo Osakidetza-Servicio vasco de salud.

En consecuencia, la representación y defensa de la Administración en sede jurisdiccional en los procedimientos de reintegro de gastos médicos, que venía siendo ejercitada por los Servicios Jurídicos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, pasó a corresponder al Servicio Jurídico Central.

No obstante lo anterior, dado que el número de procedimientos que se tramitaba por aquel entonces era elevado y que el personal de Osakidetza tenía una importante experiencia acumulada en la materia, se acordó habilitar a los/as Letrados/as adscritos/as a la...

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