ORDEN de 14 de junio de 2013, del Consejero de Salud, por la que se determina el régimen de suplencias de la Dirección de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Salud
Rango de LeyOrden

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 17 dispone que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente, sin que ello suponga alteración de la competencia, con el fin de evitar demoras en la gestión.

Conforme al mencionado artículo 17 de la Ley 30/1992, el suplente será designado por el órgano competente para nombrar al titular que haya de ser suplido. Y, en su defecto, por el titular del órgano inmediatamente superior.

Teniendo en cuenta que el Consejo de Gobierno, órgano competente para el nombramiento, no ha establecido el procedimiento para la suplencia corresponde al Consejero de Salud, en su condición de órgano inmediatamente superior, la determinación de la suplencia de la Dirección de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.

Por lo expuesto, de conformidad con las facultades que me atribuye el artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, y el artículo 4 del Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud,

Primero.– La suplencia de la Dirección de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, para los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad se ejercerá por la persona titular de la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria del Departamento de Salud.

Segundo.– Los recursos administrativos que, en su caso, se...

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