ORDEN de 20 de julio de 2011, de la Consejera de Justicia y Administración Pública de: 1) Aprobación por el protectorado de fundaciones del País Vasco de la fusión por absorción de BBK gazte lanbidean fundazioa y BBK=solidarioa fundazioa (fundaciones absorbidas) por parte de fundación Bilbao Bizkaia Kutxa (ahora denominada BBK fundazioa, fundación absorbente), e inscripción de la misma en el registro de fundaciones del País Vasco; 2) Aprobación de la modificación de los artículos 1.º, 2.º, 3.º, 13.º, 14.º y 20.º de los estatutos de la fundación absorbente y su inscripción; 3) y finalmente, de inscripción de la ratificación de la composición del patronato y de la junta de gobierno de la fundación absorbente.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia y Administración Pública
Rango de LeyOrden

Visto y examinado el expediente por el que se solicita la aprobación del Protectorado de Fundaciones del País Vasco de la fusión por absorción referida, así como su inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En fecha 15 de junio de 2011 tuvo entrada en el Departamento de Justicia, y Administración Pública la siguiente documentación a los efectos de la aprobación por parte del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y ulterior inscripción en el Registro de Fundaciones.

  1. - Solicitud firmada por don Manuel Jaramillo Vicario, en su condición de Secretario de Actas de las fundaciones: Fundación Bilbao Bizkaia Kutxa (ahora denomina, BBK Fundazioa), Bbk Gazte Lanbidean Fundazioa y BBK=Solidarioa fundazioa, por la que se insta al Protectorado de Fundaciones del País Vasco la autorización preceptiva de la Fusión por absorción de BBK Gazte Lanbidean Fundazioa y BBK=Solidarioa Fundazioa por parte de BBK Fundazioa y de las modificaciones estatutarias de esta fundación absorbente; así como la consiguiente inscripción de dichos actos jurídicos en el Registro de Fundaciones del País Vasco.

  2. - Se acompañan:

    Ï% Dos copias autorizadas de la escritura otorgada el 30 de mayo de 2011 ante el Notario del Ilustre Colegio del País Vasco, D. Vicente María del Arenal Otero, con el número 780 de su protocolo.

    La escritura incorpora parcialmente en lo pertinente a la protocolización del acuerdo de fusión, las actas de las tres fundaciones que intervienen en la misma, el proyecto de fusión, informe de auditoria de las cuentas anuales de las tres fundaciones, cerradas el 31 de diciembre de 2010, la memoria justificativa de la fusión, resolución de 19 de mayo de 2011, de la Viceconsejera de Hacienda y Finanzas y certificado de reserva de denominación.

    Ï% Cartas de aceptación de la ratificación de sus cargos (con firma notarialmente legitimada) de Dña. Amaia del Campo Berasategi, Dña. Aitziber Irigoras Alberdi, D. José María Iruarrizaga Artaraz, D. Aitor Landa Zarraga y Dña. Ainara San Román Bordegarai.

    Segundo.- De la mencionada documentación se desprenden los siguientes hechos objeto de aprobación por el Protectorado de Fundaciones del País Vasco y/o de calificación registral previa a su inscripción:

  3. - Acuerdo de Fusión: con fecha 24 de marzo de 2011 los Patronatos de las fundaciones BBK Fundazioa, BBK Gazte Lanbidean Fundazioa y BBK=Solidarioa Fundazioa aprobaron la fusión por absorción de BBK Gazte Lanbidean Fundazioa y BBK=Solidarioa Fundazioa (Fundaciones Absorbidas) por parte de BBK Fundazioa (en adelante, la Fundación Absorbente), de conformidad con el Proyecto de Fusión que se aprobó y firmó por la totalidad de los miembros de sus Patronatos, que por otra parte coinciden, al estar integrados por las personas que ostenten, en cada momento, la condición de miembros del Consejo de Administración de la entidad financiera Bilbao Bizkaia Kutxa, Aurrezki Kutxa eta Bahitetxea («BBK»).

  4. - Modificaciones estatutarias de la fundación absorbente: la fusión aprobada implica la modificación de los siguientes artículos estatutarios de la Fundación Absorbente:

    2.1.- Artículo 3 de los Estatutos de la Fundación Absorbente, relativo al Objeto de la Fundación, a fin de incorporar al mismo los fines desarrollados hasta la fecha por parte de las Fundaciones Absorbidas.

    2.2.- Artículos 1, 2 y 13, en punto relativo a la denominación de la Fundación Absorbente, siendo la nueva denominación «BBK Fundazioa».

    2.3.- Artículos 14 y 20, respecto del régimen aplicable al Secretario de Actas de dicha Fundación.

  5. - Composición del Patronato de la fundación absorbente: se acuerda que el Patronato de la Fundación Absorbente siga constituido por los miembros que actualmente lo componen, sin que se proceda a modificación alguna a este respecto.

    Para ello, en la reunión del Patronato de 24 de marzo de 2011, D. Mario Fernández Pelaz, D. Ángel Lobera Revilla, D. Joseba Koldo Alzaga Muruaga, D. Iñaki Azkuna...

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