DECRETO 549/1991, de 15 de octubre, por el que se modifica el régimen jurídico y financiero de las Sociedades de Garantía Recíproca de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 549/1991, de 15 de octubre, por el que se modifica el régimen jurídico y financiero de las Sociedades de Garantía Recíproca de Euskadi.

El Decreto 198/1982, de 26 de octubre, actualizado por los Decretos 101/1990, de 10 de abril y 211/1990, de 30 de julio, regula el régimen jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca cuyo domicilio social y actividad económica se circunscriban al territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Tras la entrada en funcionamiento de esta nueva clase de intermediarios financieros, se adoptaron, en su regulación, una serie de cautelas y limitaciones, en orden a asegurar la evolución inicial de los riesgos de estas sociedades, así como la protección del interés público. Si bien en un principio la adopción de tales cautelas resultaba aconsejable, se ha comprobado el reforzamiento del papel de las Sociedades de Garantía

Recíproca, y su integración en el mercado financiero y de las garantías crediticias. La regulación del Decreto 198/ 1982, de 26 de octubre y su modificación por Decreto 101/1990, de 10 de abril, suponen limitaciones en dos aspectos que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, carecen de justificación: Los requisitos en cuanto a los avales y fianzas ante Entes

Públicos, y el régimen financiero en lo relativo a las deudas garantizables. En el primero de los aspectos, una excesiva limitación en los avales prestados a favor de la Administración Pública puede conducir a consecuencias no equitativas respecto al crecimiento anual de una Sociedad de Garantía Recíproca. En consecuencia, se hace precisa la modificación de la normativa, modificación exigida por las nuevas circunstancias, y en aras de una mayor fluidez en las relaciones entre las Sociedades de Garantía

Recíproca y los entes que componen la Administración Pública de la

Comunidad Autónoma, salvaguardando al mismo tiempo los intereses públicos.

Por otro lado, si bien el Decreto 101/1990, de 10 de abril actualizó la normativa en lo referente al órgano financiero, el añadir la obligación de desembolsar íntegramente las cuotas de que se es...

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