LEY 13/1983, de 13 de Julio, de 'Concesión de un crédito extraordinario por importe de 819.219.891 pesetas para la adquisición del inmueble en que se ubica la sede del Gobierno Vasco'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyLey

LEY 13/1983, de 13 de Julio, de "ConcesiÛn de un crÈdito extraordinario por importe de 819.219.891 pesetas para la adquisiciÛn del inmueble en que se ubica la sede del Gobierno Vasco".

Se hace saber a todos los ciudadanos de Euskadi que el Parlamento ha aprobado la Ley 13/1983. de 13 de Julio. de "ConcesiÛn de un CrÈdito

Extraordinario por importe de 819.219.891 pesetas para la adjudicaciÛn del inmueble en que se ubica la Sede del Gobierno Vasco.

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

En Vitoria-Gasteiz, a trece de Julio de mil novecientos ochenta y tres.

El Presidente,

CARLOS GARAIKOETXEA URRIZA.

RamÛn Varela Gorostiaga, Letrado Mayor y Secretario General del

Parlamento Vasco,

CERTIFICO: Que la ComisiÛn Parlamentaria II (EconomÌa, Hacienda y

Presupuestos), v·lidamente constituida el dÌa trece de Julio de mil novecientos ochenta y tres, en virtud de la delegaciÛn legislativa plena acordada, al amparo de lo dispuesto en el artÌculo 116 del vigente Reglamento del Parlamento Vasco, por resoluciÛn de la Mesa del dÌa trece de Abril de mil novecientos ochenta y tres, aprobÛ definitivamente el Proyecto de Ley de concesiÛn de un crÈdito extraordinario por importe de 819.219.891 pesetas para la adquisiciÛn del inmueble en que se ubica la sede del Gobierno Vasco, con arreglo al texto que literalmente se transcribe en el anexo adjunto.

Y para que asÌ conste y en orden a su ejecuciÛn, expido la presente certificaciÛn, con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente del

Parlamento Vasco, en funciones, en Vitoria- Gasteiz, a trece de julio de mil novecientos ochenta y tres. Letrado Mayor,

RAMON VARELA GOROSTIAGA. Visto Bueno

El Presidente del Parlamento Vasco, en funciones, INMACULADA BONETA PIEDRA.

Cotejado y conforme

El Secretario primero de la mesa, JOSE ANTONIO ZALDUA ARB1ZA.

ArtÌculo primero

1. Se concede un crÈdito extraordinario por un importe de ochocientos diecinueve millones doscientas diecinueve mil ochocientas noventa y una pesetas, aplicado al Presupuesto para el ejercicio 1983 de la.

SecciÛn 99 "Gastos de Diversos Departamentos", Servicio 09 "Servicios Generales", Concepto 622, "AdquisiciÛn de Edificios", partida 3, destinado a la adquisiciÛn del inmueble en que se ubica la sede del Gobierno. 2. Dicho crÈdito tendr· el car·cter de ampliable por el importe al que asciendan los gastos derivados de la citada adquisiciÛn en particular los de su formalizaciÛn y registro. ArtÌculo segundo 1. El crÈdito extraordinario ser· financiado mediante la incorporaciÛn al Presupuesto de la Comunidad AutÛnoma para 1983, en la partida concreta y por el importe que resulte de la aplicaciÛn del artÌculo anterior, de crÈditos para gastos incluidos en el

Presupuesto para 1982, que fuesen susceptibles de tal incorporaciÛn en virtud del rÈgimen establecido para este tipo de operaciones en la

Ley de Presupuestos Generales para 1983. 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior se autoriza al

Departamento de EconomÌa y Hacienda a proceder, sin necesidad de previa aprobaciÛn del Gobierno, en los casos en que Èsta fuese exigida, a las incorporaciones que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.

DISPOSICION FINAL

La presente Ley entrar· en vigor el mismo dÌa de su publicaciÛn en el

BoletÌn Oficial del PaÌs Vasco.

Materias:

AYUDAS;

BIENES INMUEBLES;

CONCESION;

GOBIERNO VASCO

Vicepresidencia del Gobierno

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