DECRETO 147/1992, de 2 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas a la contratación de personas extoxicómanas con fines de rehabilitación y reinserción social.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia, Regimen Juridico y Desarrollo Autonomico; Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 147/1992, de 2 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas a la contratación de personas extoxicómanas con fines de rehabilitación y reinserción social.

La rehabilitación y reinserción social de personas extoxicómanas constituye un reto ineludible que debe imponerse en toda Sociedad, teniendo en cuenta las necesidades especificas que en un proceso de experimentación como el que nos ocupa van a producirse, sin olvidar la necesaria colaboración de los diferentes estamentos de la

Comunidad Autónoma implicados en la lucha contra las drogodependencias.

En este contexto, de acuerdo con los objetivos previstos en la Ley 15/1988, de 11 de noviembre, sobre .Prevención, asistencia y reinservión en materia de Drogodependencias·, y como continuación de los programas desarrollados en ejercicios precedentes, el Gobierno

Vasco, pone en práctica este Programa de ayudas a la contratación de personas extoxicómanas con fines de rehabilitación y reinserción social.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Trabajo y Seguridad

Social, previa deliberación y aprobación del Consejo del Gobierno en su reunión del día 2 de junio de 1992,

DISPONGO: CAPITULO I: OBJETO

Artículo 1 El objeto del presente Decreto es la regulación de las subvenciones que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de

Trabajo y Seguridad Social, podrá otorgar durante el ejercicio 1992, para fomentar la contratación de personas extoxicómanas en situación de desempleo con fines de rehabilitación y reinserción social.

Artículo 2 Podrán ser objeto de las ayudas contempladas en esta

Disposición, los contratos de trabajo que se efectúen en 1992 al amparo de la normativa laboral vigente, siempre que sean a jornada completa.

En el caso de contrataciones realizadas por una duración de 6 meses, se subvencionará el 100% del costo salarial durante el tiempo de duración del contrato, si las entidades contratantes son organizaciones y empresas privadas, y el 75% del costo salarial si la cotitratación se lleva a cabo por Ayuntamientos o Entidades Municipales.

En el caso de contrataciones realizabas por una duración de 12 meses, se subvencionará el 80% del costo salarial durante el tiempo de duración del...

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