DECRETO 263/1986, de 18 de Noviembre, por el que se extiende la aplicación del Decreto 44/1986, de 25 de Febrero, a todo aquel personal que preste sus servicios, directa e indirectamente, al Cuerpo de Policía de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyDecreto

DECRETO 263/1986, de 18 de Noviembre, por el que se extiende la aplicación del Decreto 44/1986, de 25 de Febrero, a todo aquel personal que preste sus servicios, directa e indirectamente, al Cuerpo de Policía de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo Primero La Medalla al reconocimiento de la labor policial creada por el Decreto 44/1986, de 25 de Febrero, podrá otorgarse, en igual forma y con las mismas condiciones que preve dicho Decreto al personal que, no siendo funcionario del Cuerpo de Policía de la

Comunidad Autónoma del País Vasco, preste servicio, directa o indirectamente, a la misma, sea cual sea la naturaleza de su función.

Artículo Segundo La cuantía de la pensión a que se refiere el artículo 4º del Decreto 44/86, de 25 de Febrero, podrá alcanzar hasta el 50% del sueldo correspondiente al empleo o cargo que ostentare el beneficiario al momento de la concesión de la Medalla.
DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de Noviembre de 1986.

El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO

El Consejero de Interior,

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