DECRETO 8/2008, de 15 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto complementario n.º 12 del de la variante de la N-1 en el puerto de Etxegarate. Fase 2. Desdoblamiento de la variante de Idiazabal del municipio...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente y Ordenacion del Territor
Rango de LeyDecreto

Mediante Orden Foral del Diputado del Departamento para las Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de fecha 11 de julio de 2007, se acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del "Proyecto complementario n.º 12 del de la variante de la N-1 en el puerto de Etxegarate. Fase 2. Desdoblamiento de la variante de Idiazabal" del municipio de Idiazabal, y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública. Posteriormente el Consejo de Diputados en su sesión del día 16 de octubre de 2007, acordó declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, y solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgencia de las obras a efectos de que la ocupación de los citados bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio pueda realizarse conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado alegación alguna según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Una vez ejecutada la estabilización del pie de relleno entre los PK 414,185 y 414,240 de la N-I en el sentido Vitoria-Gasteiz-Irun, se detectaron unas grietas de tracción que podían implicar un deslizamiento inminente del terraplén de la carretera. Es necesario intervenir este pie de relleno porque el avance de este deslizamiento tendría como consecuencias el corte total de la calzada en el sentido mencionado, así como la caída de masa de terreno sobre el caserío localizado en el pie del terraplén ocupando sus terrenos y hasta el propio edificio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la...

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