DECRETO de 24 de Noviembre de 1980, sobre modificación del Decreto de estructura orgánica del Departamento de Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO de 24 de Noviembre de 1980, sobre modificación del Decreto de estructura orgánica del Departamento de Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos.
El Decreto de estructura orgánica del Departamento de Transportes,
Comunicaciones y Asuntos Marítimos de 9 de Junio de 1980 (B. O. del
País Vasco de 3 de Julio de 1980), regula en el Capítulo II, Sección sexta, la Comisión de Transportes del País Vasco.
La necesidad de conseguir una mayor eficacia en el funcionamiento de dicha Comisión, ajustando la misma a la actual situación y circunstancias derivadas de las nuevas competencias transferidas a la
Comunidad Autónoma, obliga a modificar el articulado de dicha Sección.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Transportes,
Comunicaciones y Asuntos Marítimos y previo acuerdo del Gobierno
Vasco adoptado en su reunión del 24 del 11 de 1980,
DISPONGO: - Artículo único.- La sección sexta del Decreto de estructura orgánica del Departamento de Transportes, Comunicaciones y
Asuntos Marítimos de 9 de Junio de 1980, quedará redactada en los siguientes término:
País Vasco informar preceptivamente en aquellas materias que, afectando el sector del transporte, le sean sometidas a su consideración por el Consejero de Transportes, Comunicaciones y
Asuntos Marítimos ó por el Gobierno Vasco, en el ejercicio de sus funciones.
Transportes y Comunicaciones.
Vicepresidente: El Viceconsejero de Asuntos Marítimos.
Vocales: a) El Director de Transportes por Carretera y...
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