DECRETO 384/1998, de 22 de diciembre, por el que se procede a la segunda modificación del Decreto por el que se regulan las especificaciones técnicas y la utilización de los elementos gráficos de identidad visual del Gobierno Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

DECRETO 384/1998, de 22 de diciembre, por el que se procede a la segunda modificación del Decreto por el que se regulan las especificaciones técnicas y la utilización de los elementos gráficos de identidad visual del Gobierno Vasco.

Por Decreto 690/1991, de 17 de diciembre, se aprobaron las especificaciones técnicas y la utilización de los elementos gráficos de identidad visual del Gobierno Vasco, modificado a su vez por Decreto 116/1993, de 27 de abril.

Posteriormente por Decreto 117/1993, de 27 de abril, fue aprobado el Manual de Identidad Corporativa del Gobierno Vasco. Los años transcurridos desde la aprobación de estas normas han permitido su paulatina implantación en la gran mayoría de los soportes para cuyo establecimiento estaba dirigido, habiéndose demostrado, en unos casos, su conveniencia y utilidad y, en otros, la necesidad de adaptaciones o incorporaciones.

Entre los elementos que requieren una actualización destaca el de la tipografía utilizada en el logotipo, que se ha manifestado poco identificatoria, optándose por otra más unida con los usos tradicionales de la nomenclatura en el País Vasco, cuya aprobación es el objeto de esta disposición.

En una segunda fase será conveniente proceder a la elaboración de un nuevo Manual de Identidad Corporativa en el que se recojan, además de la tipografía aquí aprobada, otras aplicaciones inicialmente no previstas, y se den nuevas respuestas a aquellas cuya previsión ha resultado insuficiente.

En su virtud, a propuesta de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno el día 22 de diciembre de 1998,

DISPONGO:

Artículo único ¿

Para la composición del nombre del logotipo corporativo «Eusko Jaurlaritza-Gobierno Vasco», se sustituye la tipografía Helvética Bold por la elaborada sobre la base de unos caracteres tipográficos cuyos rasgos se identifican con la grafía vasca, con las siguientes características:

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan modificados el Decreto 690/1991 de 17 de diciembre, el Decreto 116/1993, de 27 de abril, y el Decreto 117/1993, de 27 de abril, en todas las referencias que en los mismos se hace a la tipografía y a su aplicación en los logotipos, que se sustituye por la tipografía aprobada en el presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

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