DECRETO 93/2000, de 30 de mayo, por el que se establece la condición de elemento sustituible al inmueble sito en la calle Fueros n.º 3, incluido en el expediente de calificación incoado del conjunto histórico-artístico de la Anteiglesia de Getxo (Bizkaia).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 93/2000, de 30 de mayo, por el que se establece la condición de elemento sustituible al inmueble sito en la calle Fueros n.º 3, incluido en el expediente de calificación incoado del conjunto histórico-artístico de la Anteiglesia de Getxo (Bizkaia).

Mediante Resolución de 24 de marzo de 1977 de la Dirección General del Patrimonio Artístico Cultural, publicada en el BOE n.º 105 de 3 de mayo, se acuerda tener por incoado expediente de declaración de conjunto histórico-artístico de la Anteiglesia de Getxo.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En ejercicio de la competencia exclusiva asumida en la materia de Patrimonio Cultural, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco.

En virtud de lo previsto en la Disposición Adicional Primera y Disposición Transitoria Segunda de la citada Ley 7/1990, del Patrimonio Cultural Vasco, en la actualidad dicho conjunto tendría la naturaleza de un conjunto con expediente de calificación incoado, aplicándosele con carácter provisional la protección prevista para los bienes calificados en dicha Ley. En él se ubicaría el inmueble de la c/ Fueros n.º 3, denominado también finca de las Adoratrices.

Presentado por la Diputación Foral de Bizkaia una documentación que contenía el proyecto de derribo del mencionado inmueble, los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural llevaron a cabo una valoración del mismo concluyendo que se trataba de un elemento poco representativo, carente de características arquitectónicas destacables y con algunas intervenciones poco respetuosas a su naturaleza.

A la vista de lo anterior se dictó la Resolución de 19 de enero de 2000, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa expediente por el que se establece la condición de elemento sustituible al inmueble sito en la calle Fueros n.º 3, incluido en el expediente de calificación incoado del conjunto histórico-artístico de la Anteiglesia de Getxo (Bizkaia), publicándose en el BOPV n.º 30...

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