EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 375/12.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorJuzgado de Primera Instancia Nº 2 de Bilbao
Rango de LeyEdicto

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bilbao.

Juicio: pro. ordinario L2 375/12.

Parte demandante: Transolver Finance EFC, S.A.

Parte demandada: Margarita Bobadilla Manzanares, Andres Jose Eguiluz Martinez y Transportes Eguilema I, S.L.

Sobre: juicio ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 209/12

Juez que la dicta: D.ª Ainhoa Escartin Garrido.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: veintinueve de octubre de dos mil doce.

Parte demandante: Transolver Finance EFC, S.A.

Abogado: Juan Luis Lobeto Guerras.

Procurador: German Apalategui Carasa.

Parte demandada: Margarita Bobadilla Manzanares, Andres Jose Eguiluz Martinez y Transportes Eguilema I, S.L.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: contratos en general.

FALLO

Que debo estimar la demanda presentada por el Procurador D. German Apalategui Carasa en nombre y representación de la entidad Transolver Finance EFC, S.A. contra Transportes Eguilemai, S.L. y los fiadores D. Andres Eguiluz Martinez y Dña. Margarita Bobadilla Manzanares, en rebeldía procesal, y por tanto:

  1. Declaro la resolución de los contratos de arrendamiento financiero-leasing firmados por las partes de fecha 26-02-2008 y 31-01-2006 y modificados el 15-10-2010.

  2. Declaro la propiedad de Transolver Finance EFC, S.A. sobre los vehículos industriales marca Iveco_Pegaso modelo 440 E42 TP EURO con n.º de fabricación WJMM1VUH40C205371 y matrícula 0703GBP y el modelo AS440S48TP con n.º de chasis WJMM1VUJ00C160534 y matrícula 2481DWH, librándose al efecto los oportunos despachos a cuantas oficinas y organismos públicos sean competentes para hacer constar quién es el propietario de los vehículos, y más en concreto, al Registro de Bienes Muebles de la provincia y a la Jefatura Provincial de Tráfico.

  3. Adjudico de forma definitiva a Transolver Finance EFC, S.A. las rentas percibidas en concepto de cuotas devengadas del arrendamiento financiero.

  4. Condeno a Transportes Eguilemai, S.L. y D. Andres Eguiluz Martinez y Dña. Margarita Bobadilla Manzanares a restituir de forma inmediata la posesión de los bienes a la actora propietaria legítima de los mismos.

  5. Condeno conjunta y solidariamente a los demandados a pagar a la actora la suma de de seis mil sesenta y cuatro con noventa y cinco euros (6.064,95), importe de las cuotas de arrendamiento financiero vencidas e impagadas hasta la fecha de presentación de la demanda.

  6. Condeno a la parte demandada a pagar los intereses de...

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