DECRETO 36/1998, de 10 de marzo, de modificación de las relaciones de puestos de trabajo del personal laboral no docente, de apoyo al alumnado de Educación Especial, en Centros docentes de la CAPV.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 36/1998, de 10 de marzo, de modificación de las relaciones de puestos de trabajo del personal laboral no docente, de apoyo al alumnado de Educación Especial, en Centros docentes de la CAPV.

La Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes, regula la figura de las relaciones de puestos de trabajo docentes de los centros de Enseñanza no Universitaria.

Por otra parte, los puestos de trabajo para la realización de tareas de administración y servicios ubicados en centros docentes, se hallan incluidos junto al resto de plazas de la RPT de Administración General.

Faltaría, por tanto, una tercera relación que incluya los puestos de trabajo del personal no docente que realiza funciones de apoyo a alumnos de Educación Especial que, por su naturaleza, no tienen cabida en las otras dos; relación que, al igual que las otras, deberá determinar la denominación, perfil lingüístico y, en su caso, fecha de preceptividad de los puestos de trabajo.

La naturaleza dinámica de las relaciones de puestos exige su periódica publicación, previa negociación con los representantes del personal y atendiendo a las previsiones de funcionamiento según criterios de planificación escolar.

El Decreto 47/1993, de 9 de marzo, regulaba la asignación de perfiles lingüísticos a los puestos de trabajo docentes.

Posteriormente, por Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, de 4 de noviembre de 1996, se regula el perfil lingüístico HBLEM, para ciertos puestos de trabajo, de carácter no docente, de apoyo a alumnos de Educación Especial.

El perfil lingüístico de los puestos de trabajo relacionados en el presente Decreto se ha asignado en virtud de lo establecido en ambas disposiciones, aplicándose a los fisioterapeutas, asistentes sociales y terapeutas ocupacionales los perfiles regulados por el decreto 47/1993 y al resto de categorías el perfil lingüístico desarrollado por Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 4 de noviembre de 1996.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 10 de marzo de 1998,

DISPONGO:

Artículo único ¿ Aprobar las...

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