DECRETO 249/2010, de 28 de septiembre, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus Organismos Autónomos.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Interior, Justicia y Administración Pública; Academia Vasca de Policía y Emergencias |
Rango de Ley | Decreto |
En el artículo 31 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se dispone que los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerán por decreto, a propuesta conjunta del Departamento competente en materia de Hacienda y del Departamento que los preste o del que dependa el órgano o ente correspondiente.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de los Consejeros de los distintos Departamentos, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 28 de septiembre de 2010,
DISPONGO:
Queda derogado el Decreto 161/1998, de 21 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de País Vasco y de sus organismos autónomos.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de septiembre de 2010.
La Lehendakari en funciones,
MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.
El Consejero de Interior,
RODOLFO ARES...
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