DECRETO 246/2002, de 22 de octubre, por el que se acuerda la desafectación parcial del inmueble sito en el n.º 8 de Artekale en Urduña-Orduña (Bizkaia).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 246/2002, de 22 de octubre, por el que se acuerda la desafectación parcial del inmueble sito en el n.º 8 de Artekale en Urduña-Orduña (Bizkaia).

El Decreto 2/1997 de 14 de enero, del Gobierno Vasco (BOPV n.º 20, de 30 de enero), por el que se declara Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Urduña-Orduña, de conformidad con las prescripciones de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, afecta al inmueble sito en el n.º 8 de la calle Artekale, aplicándosele el régimen de protección básico que prohibe el derribo total o parcial de los inmuebles, salvo en los términos previstos por el artículo 36 de la citada Ley 7/1990.

El artículo 36 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV n.º 157, de 6 de agosto) establece que para el derribo de los bienes culturales calificados se exige la previa declaración de ruina y autorización expresa de la Diputación Foral correspondiente, así como la previa autorización del Gobierno Vasco sobre la desafectación del bien

En desarrollo de este art. 36 y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Final Primera de la citada Ley 7/1990, se dicta el Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, "sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos" (BOPV n.º 226, de 26 de noviembre). Su artículo 1.3 establece que las disposiciones contenidas en el mismo serán de aplicación en la tramitación de todos los expedientes de declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados, de los inventariados y de los bienes afectados por la incoación de un expediente de calificación pertenecientes al patrimonio cultural vasco.

El 11 de enero de 2002 el Ayuntamiento de Urduña-Orduña remite al Centro de Patrimonio Cultural Vasco copia del expediente de declaración de ruina del inmueble situado en el n.º 8 de la calle Artekale en la localidad de Urduña-Orduña (Bizkaia) y solicita su desafectación.

El Consejo Asesor de Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi, órgano consultivo en materia de Patrimonio Cultural, reunido en sesión de 4 de julio de 2002, dictaminó en favor de la desafectación parcial del inmueble sito en el n.º 8 de Artekale en Urduña-Orduña, manteniendo únicamente la protección básica para la fachada en planta baja...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR