DECRETO 28/1987, de 11 de Marzo, de creación de la Secretaría de la Presidencia del Gobierno.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Lehendakaritza |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 28/1987, de 11 de Marzo, de creaciÛn de la SecretarÌa de la Presidencia del Gobierno.
La ejecuciÛn de las funciones que asigna al Lehendakari la Ley 7/1981, de 30 de Junio, de Gobierno, y el marcado car·cter propio que tiene el Departamento de Presidencia, Justicia y Desarrollo
AutonÛmico, como Organo de la AdministraciÛn que realiza funciones propias y no vicarias de apoyo al Lehendakari, asÌ como la existencia de diversas SecretarÌas especÌficas para la coordinaciÛn de planes y programas de car·cter interdepartamental, hacen razonable la creaciÛn de un Ûrgano que integre bajo su superior direcciÛn todos los Ûrganos dependientes de la Presidencia del Gobierno, sin merma de las facultades que, como tales, corresponden a los titulares de los
Departamentos y a los Altos Cargos de la AdministraciÛn.
Por todo ello, en virtud de Ias facultades que me atribuye la Ley 7/ 1981, de 30 de Junio, de Gobierno, DISPONGO
Todos los Ûrganos de apoyo a la Presidencia del Gobierno depender·n org·nica y funcionalmente de la SecretarÌa.
Corresponde a la SecretarÌa de la Presidencia del.
Gobierno, como Ûrgano de asesorÌa polÌtica y tÈcnica del Lehendakari, las siguientes funciones: a) Facilitar al Lehendakari la informaciÛn polÌtica y tÈcnica que le sea precisa, sin merma de las funciones que corresponden a los
Consejeros como titulares de los Departamentos. b) Asesorar en las materias en las que se le requiera. c) Realizar cualquier informe, estudio o gestiÛn que le sea encomendada por el Lehendakari. d) Conocer las actividades y planes de actuaciÛn de los distintos
Departamentos del Gobierno, al objeto de facilitar la coordinaciÛn de la acciÛn gubernamental por parte del Lehendakari.
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