DECRETO 129/1988, de 24 de Mayo, por el que se modifica el Decreto 248/1985, de 23 de Julio.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia, Justicia y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyDecreto

DECRETO 129/1988, de 24 de Mayo, por el que se modifica el Decreto 248/1985, de 23 de Julio.

Por el Pleno del Gobierno Vasco en su reunión del pasado 19 de Abril, se ha aprobado el Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia,

Justicia y Desarrollo Autonómico, que se ha publicado en el Boletín Oficial del

País Vasco del 5 de Mayo de 1988.

Dicho Decreto introduce modificaciones en la denominación de algunos de sus

Centros Directivos, que afectan a la composición del Consejo de Administración de la Sociedad de Informática del Gobierno Vasco, S.A./Eusko Jaurlaritzaren

Informatika Elkartea, establecido por Decreto 248/1985 de 23 de Julio. Asímismo, se recoge conforme a lo establecido en el Decreto 306/87 la participación de la Secretaría de la Presidencia del Gobierno en el Consejo de Administración de esta Sociedad.

En su virtud, y a fin de adecuar la composición de dicho Consejo de

Administración a la nueva estructura del Departamento de Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico, a propuesta del Consejero titular del mismo y previo acuerdo del Pleno del Gobierno Vasco en su reunión del día 24 de Mayo de 1988,

DISPONGO:

Artículo único El Consejo de Administración de la Sociedad Eusko

Jaurlaritzaren Informatika Elkartea/Sociedad de Informática del Gobierno Vasco,

S.A. «EJIE», estára integrado por:

Presidente: El Viceconsejero para la Administración y Función Pública.

Vicepresidente: El Director cic Organización y Sistemas.

Un vocal en representación de la Secretaría de la Presidencia y de cada uno de los Departamentos del Gobierno, a excepción del Departamento de Presidencia

Justicia y Desarrollo Auronómico, que estará representado también por el

Director de Servicios Centrales.

Secretario: Un Letrado de la Viceconsejería de Régimen Jurídico y Desarrollo

Autonómico, que será nombrado y separado por resolución de su titular.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el

Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de Mayo de 1988.

El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico,

JUAN RAMON GUEVARA SALETA.

Materias:

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