DECRETO 206/1990, de 24 de julio, por el que se amplía el plazo previsto en el artículo 10 del Decreto 240/ 1986, de 11 de noviembre.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 206/1990, de 24 de julio, por el que se amplía el plazo previsto en el artículo 10 del Decreto 240/ 1986, de 11 de noviembre.

El Decreto 240/1986, de 11 de noviembre, por el que se establece el procedimiento de concesión de emisoras de Radiodifusión en Ondas

Métricas con Frecuencia Modulada, dispone en su artículo 10.2 que los adjudicatarios dispondrán de seis meses ampliables en otros seis para la realización de las obras materiales y de instalación de las emisoras concedidas.

De acuerdo con el régimen de concesión establecido en el citado

Decreto, mediante Orden de 21 de marzo de 1989, se convocó nuevo concurso para conceder emisoras de radiodifusión en Ondas Métricas con Frecuencia Modulada que finalizó con la concesión de diecinueve nuevas emisoras.

En el proceso de desarrollo de los proyectos técnicos de estas emisoras han surgido diversas dificultades de tipo técnico derivadas fundamentalmente de la complejidad que conlleva cualquier actuación en el espectro radioeléctrico que impiden cumplir el plazo máximo establecido en el citado Decreto 240/ 86 para la definitiva instalación de las emisoras concedidas.

Por ello, resulta necesario ampliar dicho plazo con el fin de que las entidades concesionarias puedan instalar las emisoras con todas las garantías técnicas necesarias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de julio de 1990

DISPONGO: Artículo único. - Se amplía el plazo previsto en el artículo 10 del Decreto 240/1986, de 11 de noviembre, para la realización de las obras materiales y de instalación de las emisoras de radiodifusión en ondas métricas...

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