DECRETO 9/2020, de 15 de mayo, del Lehendakari, de modificación del Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, por el que se establecen normas para la aplicación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de las modificaciones, ampliaciones y restricciones acordadas con el Gobierno español, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Euskadi.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Mayo de 2020
Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, se establecen las normas para la aplicación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de las modificaciones, ampliaciones y restricciones acordadas con el Gobierno español, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Euskadi.

Este Decreto, en base a los principios de prudencia y precaución, limitó en Euskadi la movilidad al ámbito del término municipal y colindantes, con diversas excepciones justificadas por motivos sanitarios; laborales; profesionales o empresariales; de retorno al lugar de residencia habitual; educativos y formativos; de visita, cuidado y atención a familiares que sean personas mayores, dependientes, con discapacidad o en situación de necesidad, así como por cualquier otro de análoga naturaleza.

Esta estrategia se fundamentó en dos objetivos, en primer lugar, avanzar gradualmente en la recuperación de parcelas de normalidad y en segundo lugar, mantener elevada la alerta sobre la necesidad del compromiso social activo en las medidas de prevención. Dicho de otro modo, avanzar paso a paso para salvaguardar el terreno ganado a la extensión de la pandemia, y evitar un clima social que contribuya a la relajación y a bajar la guardia.

Algunos de los comportamientos detectados desde su entrada en vigor corroboran la oportunidad de haber adoptado medidas de prudencia durante la primera semana de la fase 1. En este sentido, se ha comprobado que a mayor movilidad mayor debe ser la responsabilidad de prevención individual que cada persona debe adoptar.

No obstante, la evolución epidémica de la última semana en Euskadi refleja con firmeza la tendencia sostenida e intensa en el descenso de casos positivos con respecto a las semanas anteriores. Este dato, junto a la constatación de que lo ocurrido en los últimos días ha contribuido a reforzar la conciencia social sobre los hábitos de prevención, hace posible un nuevo avance.

Desde esta perspectiva de gradualidad, y...

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