DECRETO 50/2015, de 21 de abril, por el que se reconoce de utilidad pública a la ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Departamento de AdministraciÓN PÚBlica y Justicia |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.
A su amparo, la ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra ha solicitado la declaración mencionada por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la sensibilización y cooperación al desarrollo la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.
La entidad ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra fue constituida el 7 de febrero de 2009 y consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco en virtud de la Resolución de 8 de mayo de 2009 de la Dirección de Estudios y Régimen Jurídico del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social.
Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/B/14420/2009.
El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma Vasca.
Desde su constitución, la ASYL-Asociación Yan Lur / Asociación Madre Tierra realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es colaborar con las distintas organizaciones que ayudan a colectivos desfavorecidos, con especial incidencia en el apoyo a los grupos indígenas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en...
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