DECRETO 4/2020, de 21 de enero, por el que se deroga el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, PlanificaciÓN Territorial y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Con fecha 3 de octubre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El citado decreto fue suspendido temporalmente mediante el Decreto 468/2013, de 23 de diciembre, por el que se suspende temporalmente el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Este último fue publicado en el Boletín Oficial del País Vasco del día 20 de enero de 2014, entrando en vigor el día siguiente.

Toda vez que parte del citado Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, resulta actualmente de aplicación únicamente a un reducido número de procedimientos, que desde su publicación ha entrado en vigor normativa más reciente en la cual se regula con carácter general y básico el derecho y la obligación, en determinados casos, de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas; y que se han puesto en servicio nuevas funcionalidades en la sede electrónica del Gobierno Vasco y nuevos sistemas de información y tramitación en el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es preciso abordar la derogación expresa del temporalmente suspendido Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, para evitar disfunciones en la aplicación de la normativa relativa a administración electrónica en relación a los procedimientos medioambientales que se tramitan en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Indicar, adicionalmente, que el largo periodo de suspensión temporal en el cual se encuentra el citado Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, genera entre los operadores y las operadoras un estado de inseguridad jurídica a la cual se debe hacer frente, mediante la adopción de las medidas...

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