DECRETO 32/2016, de 1 de marzo, por el que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral, relativa al Área de Barrikabaso, del municipio de Barrika.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Departamento de Medio Ambiente y PolÍTica Territorial |
Rango de Ley | Decreto |
El Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco fue aprobado mediante Decreto 43/2007, de 13 de marzo y publicado en el BOPV de 2 de abril de 2007, en desarrollo de la Directriz de Medio Físico, tal y como se prevé en el Capítulo 8, apartado 7.C de las Directrices de Ordenación Territorial. Dicho Plan Territorial Sectorial está vigente desde el día 2 de mayo de 2007.
Mediante Sentencia 882/2004, de 29 de noviembre de 2004, dictada por la Sección Segunda de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco fue estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Naturalista Txipio Bai contra las Ordenes Forales 421/2001 y 359/2001, de la Diputación Foral de Bizkaia, relativas a la modificación de las Normas Subsidiarias de Barrika que reclasificaban terrenos como aptos para urbanizar y sistemas generales de espacios libres en las áreas de Muriola y San Telmo, siendo declaradas dichas Órdenes Forales no conformes a derecho y anulándolas y dejándolas sin efecto. Tras ser recurrida en casación, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, con fecha 3 de julio de 2009, dicta Sentencia 4778/2009, declarando que no ha lugar a dicho recurso.
Posteriormente, mediante Orden Foral 1086/2009, de 3 de noviembre, de la Diputada Foral de Transportes y Urbanismo, se dispuso proceder a la ejecución de las Sentencias citadas.
La modificación afecta a una superficie aproximada de 62 hectáreas de suelo no urbanizable en el que se define la categoría de Especial Protección Estricta para los acantilados y Especial Protección Compatible en el resto del ámbito. Así mismo, en un pequeño ámbito, en el área de Muriola, se plantea sustituir la actual categoría de Agropecuaria por Agroganadera y Campiña. Estas modificaciones se limitan al ámbito de Barrikabaso y tienen un carácter puntual, no alterando ningún aspecto fundamental del Plan Territorial Sectorial.
Mediante Orden de 19 de junio de 2014 de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial se declaró el carácter de no sustancial de la Propuesta de modificación del Plan Territorial...
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