DECRETO 17/2018, de 13 de febrero, por el que se reconoce de Utilidad Pública a la Asociación Hiruatx Hirugarren Mundu Elkartea.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Gobernanza PÚBlica y Autogobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común, realzando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

Al amparo de la citada ley, Hiruatx Hirugarren Mundu Elkartea ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la cooperación, de la educación y de la sensibilización social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

Hiruatx Hirugarren Mundu Elkartea se constituyó el 13 de enero de 1993, está inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, en virtud de la Resolución de 7 de junio de 1993, de la Dirección del Gabinete Técnico del Departamento de Justicia.

Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/G/03958/1993.

Desarrolla sus funciones fundamentalmente en Aretxabaleta.

Desde su constitución, Hiruatx Hirugarren Mundu Elkartea ha llevado a cabo todas las actividades precisas para alcanzar sus objetivos principales, que son los siguientes: la cooperación al desarrollo y labores de sensibilización hacia la situación de los países en vías de desarrollo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley 7/2007, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los departamentos que corresponda en función de la materia. El departamento competente tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En...

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