DECRETO 160/2018, de 13 de noviembre, por el que se aprueban los estatutos de «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial».

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

En virtud de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, se crea SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, como un ente público de derecho privado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito al Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de política industrial y competitividad empresarial.

De conformidad con el apartado 2 de la referida disposición, SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial se regirá por las disposiciones legales aplicables a los entes públicos de derecho privado, salvo las especialidades establecidas en dicha disposición, y por sus estatutos, que serán aprobados por Decreto del Gobierno Vasco a propuesta del Departamento competente en materia de política industrial y competitividad empresarial. Asimismo, de acuerdo con su apartado 6 y la remisión que contiene a tal efecto a los estatutos, los órganos de gobierno serán el Consejo de Administración, la Dirección General y la Dirección de Internacionalización.

Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 15 de la Disposición Adicional Decimotercera se establece por decreto que el inicio de actividades de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial se producirá en el momento de la entrada en vigor de sus Estatutos.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, y oída la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2018,

Artículo único – Aprobación de Estatutos.

Se aprueban los Estatutos de «SPRI-Agencia vasca de Desarrollo Empresarial», de conformidad con la Disposición Adicional Decimotercera, apartado 2 de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, conforme al texto que se acompaña como anexo al presente Decreto.

Desde la aprobación del presente Decreto hasta la constitución de los órganos de gobierno de «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial», los derechos de socio correspondientes a las acciones del capital de la «Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.» adscritas a «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» y el resto de facultades se ejercerán por la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

Se autoriza a la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2019.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de noviembre de 2018.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

Artículo 1 – Naturaleza, adscripción y régimen jurídico.
  1. – «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» es un ente público de derecho privado adscrito al Departamento de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi competente en materia de política industrial y competitividad empresarial, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines y funciones que le atribuyen su Ley de creación, estos Estatutos y demás normativa vigente.

  2. – «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» somete su actividad en las relaciones externas, con carácter general, a las normas de Derecho Civil, Mercantil y Laboral, excepto en los actos que impliquen ejercicio de potestades administrativas que estarán sujetos al Derecho Administrativo. En sus relaciones internas y de organización relativas, entre otros, al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, patrimonial y con respecto al personal funcionario que preste sus servicios en el ente, se regirá por la normativa de naturaleza pública aplicable según la materia de que se trate. Para el caso del personal funcionario se aplicará la normativa de función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

  3. – En materia de contratación «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» estará sujeta a la legislación sobre contratación pública y la normativa de desarrollo. En este sentido, la mesa de contratación deberá estar constituida conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, o normativa que le sustituya.

  4. – El régimen jurídico aplicable a «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» comprende la normativa referida en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, los presentes Estatutos y las leyes y disposiciones de carácter general que resulten aplicables a los entes públicos de derecho privado.

Artículo 2 – Sede y ámbito de actuación.
  1. – «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» tiene su sede principal en el municipio de Bilbao, sin perjuicio del establecimiento de otras dependencias en los ámbitos territoriales que determine el Consejo de Administración cuando así resulte preciso o conveniente en las políticas de promoción económica, política industrial y competitividad empresarial impulsadas por la Comunidad Autónoma de Euskadi.

  2. – El ámbito territorial de actuación de «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» es el de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin perjuicio de la actuación en otros ámbitos territoriales a considerar en el ejercicio de las funciones que se le encomiendan y, en particular, aquellas asociadas a la internacionalización y a la atracción de inversión extranjera que determine el Consejo de Administración.

  3. – La sede principal y domicilio de «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial» se encuentra sita en el Edificio Plaza Bizkaia, Alameda Urquijo, n.º 36 de Bilbao.

Artículo 3 – Finalidad.

SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial tendrá como finalidad actuar como instrumento de la política de promoción económica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 4 – Competencias.

Corresponden a «SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial», para la consecución de sus fines, las siguientes competencias:

  1. Impulsar el diseño y la ejecución de planes y programas de promoción de la actividad industrial y empresarial, la inversión, el desarrollo, la diversificación y la competitividad industrial, la innovación, la internacionalización, el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento y el fomento de la actividad emprendedora empresarial.

  2. Promover la inversión industrial extranjera en proyectos tractores de alto valor añadido y generadores de empleo.

  3. Impulsar la promoción y ordenación industrial de zonas del País Vasco con especiales necesidades de reindustrialización o de actuación en materia industrial, en colaboración con otras instituciones competentes.

  4. Formular programas y propuestas de actuación en relación con las empresas en dificultades coyunturales y promover su relanzamiento en aras del mantenimiento de puestos de trabajo y de la actividad industrial competitiva.

  5. Impulsar y consolidar el sistema de apoyo público a la internacionalización de las empresas vascas, apoyando la implantación de empresas vascas en el exterior.

  6. Promover infraestructuras físicas y entornos tecnológicos que posibiliten la ubicación y adecuado desarrollo competitivo de proyectos industriales.

Artículo 5

Actuacio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR