DECRETO 139/2016, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y PolÍTica Territorial
Rango de LeyDecreto

Las Reservas de la Biosfera son figuras creadas por Unesco dentro de su Programa Man & Biosphere, cuyos objetivos son tres: la conservación de la naturaleza, el desarrollo sostenible y el apoyo logístico, referido al conocimiento científico y educación para la sostenibilidad. Se configuran como áreas de experimentación y laboratorio de experiencias para conseguir el equilibrio entre la conservación y el desarrollo sostenible para mejorar las condiciones de vida de las personas que las habitan.

La Reserva de la Biosfera de Urdaibai recibe su marco jurídico y se regula mediante la Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, Así, en su artículo 1 establece como objetivo establecer un régimen jurídico especial para la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, con el fin de proteger la integridad y potenciar la recuperación del conjunto de sus ecosistemas, y en su artículo 15 prevé para su desarrollo la redacción de un Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG). En cumplimiento de tal previsión se aprobó el Decreto 242/1993, de 2 de agosto, en virtud del cual se establecía el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, que ha sido modificado puntualmente por los Decretos 27/2003 de 11 de febrero, y 181/2003, de 22 de julio.

Dicho artículo 15 de la Ley 5/1989, y también el artículo 9 del referido Plan Rector, preveía su revisión transcurridos diez años desde su entrada en vigor. En cumplimiento de tal mandato, y tras el acuerdo plenario del Patronato de la Reserva de Urdaibai de 11 de diciembre de 2009 se inició el proceso de modificación del Plan Rector, por Orden de 28 de enero de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. A resultas del proceso se constató la necesidad de que, para hacer frente a las necesidades detectadas, no era suficiente con una modificación, sino que era preciso dotarse de un nuevo documento de Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai que sustituyese al anterior.

El presente Plan atiende a las determinaciones establecidas en el citado artículo 15 de la Ley 5/1989. En su configuración, las Reservas de la Biosfera deben presentar una ordenación espacial, que incluya: zonas Núcleo, zonas de Protección de Núcleo, y zonas de Transición de acuerdo con lo previsto en el Marco Estatutario de la Unesco y en la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, aspecto que queda reflejado en el presente Plan.

El presente Plan se estructura en un texto articulado compuesto por cinco títulos, que junto a la documentación gráfica componen el grueso normativo del mismo.

El Título I, se compone de tres capítulos, que abordan: el primero, consideraciones generales, como el objeto y ámbito de aplicación del instrumento, su estructura, el régimen competencial, los medios y órganos de participación pública previstos para la consecución de sus objetivos, y los medios financieros previstos para ello; el segundo, identifica los supuestos de revisión y...

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