DECRETO 29/1997, de 11 de febrero, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Iurreta, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de ampliación del cementerio municipal'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 29/1997, de 11 de febrero, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Iurreta, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de ampliación del cementerio municipal".

Por acuerdo del Ayuntamiento de Iurreta de 31 de octubre de 1996, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de ampliación del cementerio municipal», acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública no presentándose escritos de alegaciones según consta, en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de garantizar la prestación del servicio público de «cementerios y servicios funerarios» en condiciones aceptables de espacio y accesibilidad, de las que actualmente carece, al encontrarse el cementerio municipal actual en situación de absoluta saturación, por carecer de espacio físico además de producirse problemas de acceso y de aparcamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completos, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a...

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