DECRETO 104/1996, de 7 de mayo, por el que se declaran de urgente ocupación por la Diputación Foral de Álava a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de Construcción y Mejora de Trazado de la Carretera A-2126, p.k. 54 + 500 a p.k. 54 + 900'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 104/1996, de 7 de mayo, por el que se declaran de urgente ocupación por la Diputación Foral de Álava a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Construcción y Mejora de Trazado de la Carretera A-2126, p.k. 54 + 500 a p.k. 54 + 900".

Por Orden Foral del Diputado de Urbanismo, Arquitectura y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava de 23 de noviembre de 1995, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Construcción y Mejora de Trazado de la Carretera A-2126, p.k. 54 + 500 a p.k. 54 + 900", acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública no presentándose escritos de alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de eliminar el quiebro peligroso para la seguridad vial, que se produce en el trazado de la carretera sobre un puente de mampostería existente. Asimismo se prevé dotar a la carretera de accesos laterales, de los que carece en la actualidad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completos, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o la de alguno de...

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