ORDEN de 30 de junio de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las cuantías de las ayudas y las instancias normalizadas de solicitud previstas en el Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre la conciliación de la vida familiar y laboral.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEmpleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

El Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre la conciliación de la vida familiar y laboral establece en sus artículos 8, 21 y 40.4 que las cuantías de las ayudas a personas trabajadoras para el cuidado de hijos e hijas, familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria, los umbrales de renta familiar estandarizada y sus correspondientes porcentajes de ayuda por la contratación de personas cuidadoras para el cuidado de hijos o hijas menores serán aprobados mediante Orden de la Consejera o Consejero de Empleo y Asuntos Sociales.

La presente Orden, por la que se aprueban las cuantías de las ayudas previstas en el Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre la conciliación de la vida familiar y laboral supone un importante esfuerzo económico de este Gobierno ya que se eleva el importe de todas las ayudas. Ello materializa la importancia que se concede a esta línea estratégica del II Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias, aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de septiembre de 2006.

Además, en las dos primeras líneas de ayudas -excedencias y reducciones de jornada de trabajo para el cuidado de hijos e hijas y familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria- se elimina la discriminación positiva a favor de los hombres que la normativa anterior establecía y por la que se les reconocía una mayor cantidad de ayuda frente a las mujeres. Se pretendía con ello favorecer la corresponsabilidad de hombres y mujeres en el cuidado de los hijos e hijas y de familiares en situación de dependencia. Sin embargo, del análisis de los datos se deduce que apenas ha habido evolución en el porcentaje de hombres que se acogen a las ayudas, además, resulta inaceptable en aquellos supuestos en los que la corresponsabilidad no es posible -casos de monoparentalidad- o en aquellos supuestos en que ambas progenitoras son mujeres.

Por ello, la medida ha revelado ser ineficaz para alcanzar los objetivos que se pretendían. En consecuencia, el Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre la conciliación de la vida familiar y laboral establece la garantía de que las cantidades de ayuda que se prevean en esta Orden de desarrollo sean iguales, eliminando toda diferencia en la cuantía de las ayudas que dependa del género del perceptor de las ayudas.

La igualación y elevación de las cuantías explicada tiene como consecuencia que en el caso de las mujeres el incremento medio de las ayudas a las excedencias y reducciones de jornada haya sido de un 55,77% y en el caso de los hombres de un 18,65%.

La línea de ayudas destinada a la contratación de personas cuidadoras para el cuidado de hijos e hijas menores también ha sido mejorada, se han simplificado los tramos de renta familiar estandarizada reduciéndolos a dos: se elevan las cuantías de ayuda y el número de personas beneficiarias que van a acceder a la máxima subvención.

Pretendemos con todo ello consolidar un nuevo modelo de familia definido en la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias basado en la autonomía, el respeto entre todos sus integrantes y la igualdad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR